REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumanà, 16 de septiembre de 2011.
201º y 152º
ASUNTO: JMS1-S-1988-11
SOLICITANTES: GABRIELA DEL VALLE GONZALEZ
MOTIVO: UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud de los ciudadanos MAXIMO ANTONIO MARQUEZ , venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.291.046, domiciliada en Pantoño , sector el Guamache , primera transversal del Guamache detrás de la Bomba de Pantoño Cariaco , Estado Sucre y SANTA ELIZABETH CASTILLO , venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.924.388, domiciliada en Pantoño , sector el Guamache , primera transversal del Guamache detrás de la Bomba de Pantoño Cariaco , Estado Sucre respectivamente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus AURELIO RAIMUNDO BARRETO MARTINEZ. , quien era titular de la cedula de identidad Nº 18.917.013, sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de siete (07) y cinco (05) y dos (02) años de edad respectivamente ..-Por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas constante de doce (12) folios útiles a la parte interesada.- En Cumaná, a los dieciséis días del mes de septiembre del año Dos Mil Once (2011).).201º Años de la Independencia y 152º de la Federación
La Jueza
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
LA SECRETARIA,
La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 11:00 a.m.
LA SECRETARIA,
MEG/yulay
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