JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTES DEL PRIMER
CIRCUITODE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE
CUMANACOA, 21 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE.
201° y 152°

DEMANDANTE: ELIS BAUTISTA RODRIGUEZ

DEMANDADO: RAUL JOSE ORTIZ CARVAJAL.

MOTIVO: FIJACION OBLIGACION DE MANUTENCION.


La presente causa se inició en fecha catorce (14) de Julio de 2011, por demanda intentada por la ciudadana Abogada MARISOL HERNANDEZ, en su condición de Defensora Publica Primera en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del Estado Sucre, a solicitud de la ciudadana Elis Bautista Rodríguez, por Fijación de Obligación Alimentaría a favor de los adolescentes , hijos de los ciudadanos RAUL JOSE ORTIZ CARVAJAL, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.466.065, domiciliado en el Barrio las Brisas Bolivarianas, casa s/n, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, y de la ciudadana ELIS BAUTISTA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.360.509, domiciliada en el Barrio La Manga, casa s/n, Municipio Montes, Estado Sucre.
Admitida la demanda en fecha diecinueve (19) de Julio de Dos Mil Once (2011), se ordenó la citación al demandado, se notificó al Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
En fecha 09 de Agosto de 2011, el Alguacil Titular de éste Tribunal, consignó en Un (1) folio útil, Boleta de Citación, firmada por el demandado ciudadano RAUL JOSE ORTIZ CARVAJAL, en fecha 10 de Agosto de 2011, se le envió telegrama a la demandante ciudadana ELIS BAUTISTA RODRIGUEZ, para que comparezca al acto conciliatorio el día Viernes 12 de Agosto de 2011, a las 10:00 horas a.m.-
En horas de Despacho del día de hoy, Doce (12) de Agosto de 2011, siendo las 10:00 horas a.m., día y hora fijado para que tenga lugar de celebrar el acto conciliatorio en la presente causa, comparecieron los ciudadanos: RAUL JOSE ORTIZ CARVAJAL, y la ciudadana ELIS BAUTISTA RODRIGUEZ CORONADO, y llegaron al siguiente convenimiento: El ciudadano: RAUL JOSE ORTIZ, expone: Le ofrezco en este acto para la OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, para mis hijos: de quince (15) trece (13) y cinco (5) años de edad; la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo) mensuales, o sea Doscientos Bolívares ( Bs. 200, 00 ) semanales, y así mismo el 36% del Bono Navideño, el 20% del Bono Vacacional, y útiles escolares, uniformes, Juguete al niño Eliu Ángel David Ortiz y cubrir con el 50% por ciento, médico, medicinas, y solicito del Tribunal que oficien a la oficina de la Administración del Central Azucarero Sucre, para que me lo descuenten de la Cuenta nomina de pago y también solicito al Tribunal para que le abran una Cuenta de Ahorros por el Banco, para que sea depositado la Obligación de Manutención de mis hijos ”.- “Seguidamente interviene la ciudadana: ELIS BAUTISTA RODRIGUEZ CORONADO expone: Estoy de acuerdo con el ofrecimiento hecho por el padre de mis hijos: RAUL JOSE ORTIZ CARVAJAL el dinero de la Obligación de Manutención sea depositado en la Cuenta de Ahorro, como quedo acordado en este Tribunal.”.-
La cantidad ofrecida como monto de la obligación alimentaría OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000.oo) corresponde al 51,67 %, del monto establecido como salario mínimo nacional (Bs. 1.548,22) el monto de la obligación alimentaría fijada, aumentará automáticamente al incrementarse el salario mínimo nacional.- Este Tribunal del Municipio Montes en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en interés adolescentes , imparte su Homologación de conformidad con lo establecido en los artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 263 del Código Procedimiento Civil. Se ordena aperturar una Cuenta de Ahorros en el Banco de Venezuela, para que el padre de los adolescentes y del niño le deposite la Obligación Alimentaría aquí fijada, y su madre como autorizada. Se acuerda oficiar a la empresa CVA AZUCAR con en fin de que realicen los descuentos directamente de la nomina del demandado y realizar los depósitos en la cuanta de ahorro que se anexara.-Líbrense oficios.
Publíquese, Regístrese, déjese copia.
Dada, Firmada y Sellada en el Salón de Despacho del Juzgado del Municipio Montes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumanacoa, Veintiuno (21) de Septiembre de 2011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza Temporal,


Abg. Inés Gómez Guzmán.



El Secretario Suplente

José Alejandro Sirit.

















Exp. N° 931-11
IGG/cjsb.