REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 12 de Septiembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-002163
ASUNTO: RP11-P-2011-002163

Una vez recibido el presente asunto en el cual la abogada Elvismary Hernández en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público solicita a este Juzgado se decrete ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano JOSE MANUEL MARTINEZ AMARISTA, titular de la cédula de identidad No. 16.626.037, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 406.1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JOSE GREGORIO TORRES; se observa que en fecha 09/09/2011, ese despacho fiscal presenta nuevo escrito en el cual solicita a este Juzgado se decrete ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano JOSE MANUEL MARTINEZ AMARISTA, titular de la cédula de identidad No. 16.626.037, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 406.1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano WILCAR JOSÉ RODRIGUEZ VALDERRAMA, siéndole asignado el No. RP11-P-2011-002166.

Ahora bien, como puede evidenciarse se trata del mismo ciudadano al cual se le requiere Orden de Aprehensión por parte de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, resultando a derecho decretar la ACUMULACIÓN DE LAS CAUSAS RP11-P-2011-002163 y RP11-P-2011-002166, esto conforme al principio de la Unidad de Proceso establecido en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se instruye a la Secretaría de este Despacho proceder a realizar la acumulación de la misma, debiendo incorporar la causa RP11-P-2011-002166 a la presente, subsistiendo la causa signada con el No. RP11-P-2011-002163 Y ASÍ SE DECIDE.
El Juez Quinto de Control
Abg. Edgardo González Jaraba
La Secretaria
Abg. María Auxiliadora Quiñonez