REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.

Cumaná, 19 de octubre del 2011
201º y 152º


ASUNTO Nº: JMS1-4089-11
PARTE ACTORA: JOSE MIGUEL SALAS TABARES
PARTE DEMANDADA: DORALVIS ALEXANDRA RIVAS MICET
BENEFICIARIA: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR


En fecha 13 de junio del 2011 se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, la demanda por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico Abg. JESUS MANUEL MOYA MARCANO, a requerimiento del Ciudadano: JOSE MIGUEL SALAS TABARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro16.996.986, domiciliado en la Urbanización La llanada, Sector I, Vereda Nº 13, Casa Nº 04, Cumanà, estado Sucre, contra la ciudadana. DORALVIS ALEXANDRA RIVAS MICET, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 20.575.565, domiciliada en Brasil, avenida principal, sector II, vereda Nº 86, casa Nº 08, Cumanà, Estado Sucre, a favor de la niña: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de seis meses de nacida.
Dicha demanda fue admitida y se ordeno la notificación de las partes, evidenciándose que previa certificación de Secretaria quedando notificadas las partes para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, tal como se observa de la respectiva consignación y certificación.
Ahora bien siendo el día y la hora establecida para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, se dejo constancia de la no comparecencia de la parte demandante ciudadano. JOSE MIGUEL SALAS TABARES y se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada ciudadana. DORALVIS ALEXANDRA RIVAS MICET, declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se termina el proceso y se procede a dictar sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se desestima el presente procedimiento.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, bajo decisión de la Jueza, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.

La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal.

Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Sede Cumaná, a los diecinueve (19) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). 201° años de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZA



DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.


LA SECRETARIA

La presente sentencia se publicó en su fecha, siendo las 10:30a.m.

LA SECRETARIA



MEGL/yulimar