LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 11 de Octubre de 2011
201° y 151°
Exp. N° 16.265.

DEMANDANTE: ATILIO SABINO TINEO BERTONCINI,
Titular de la Cedula de Identidad N°
4.296.287.

APODERADO: No otorgó.

DOMICILIO PROCESAL: Carúpano Estado Sucre.

DEMANDADO: PROSEGUROS, S.A, inscrita en la
Superintendencia de Seguros bajo el N° 106 y
En el Registro Mercantil Primero de la
Circunscripción Judicial del Distrito Federal
Y Estado Miranda en fecha 25-09-1.992 bajo el
N° 2, Tomo 145 con N° de Rif. J-30220253-1.

APODERADO (S): HEBERTO ISACC CHACON MARTÍNEZ
JENNY JOSEFINA APONTE, ARMANDO
NOYA, CARLOS NOYA, ELISSY
MONTEVERDE, MILAGROS NAIL BRUCE,
XIOMARA GOMEZ MARIA GUTIERREZ y
MILAGROS TORRES, inscritos en
el Inpreabogado bajo los Nros. 98.936, 111.437,
28.092, 114.977, 128.756, 62.546, 79.720, 93.501 y
86.180, respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Con Fuerza de
Definitiva).
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano ATILIO TINEO BERTONCINI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.296.287, asistido por el abogado en ejercicio SALVADOR FARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.448, y visto igualmente el contenido de la misma. En consecuencia, es por lo que este Tribunal ordena entregar el cheque Nº 91647851, girado contra la cuenta Corriente N° 01910098792198014311 del Banco Nacional de Crédito, por la cantidad de OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 82.391,82) a nombre del ciudadano ATILIO SABINO TINEO, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.296.287, consignado por el Abogado en Ejercicio ARMANDO NOYA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.092, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa PROSEGUROS, S.A. parte demandada en el presente juicio. Es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
En ésta misma fecha, se cumplió lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.



SGDM-am.
Exp. 16.265