REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMUDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-


Carúpano, 04 de Octubre de 2011.-
201° y 152°

Visto el Convenimiento de pago celebrado entre las partes intervinientes en la presente causa, según consta en acta de medida preventiva de embargo, practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha: 20 de Junio del año 2.011, las cuales rielan a los folios Nº 7, 8 y sus vueltos, del Cuaderno de Medidas del presente expediente.- Se admite cuanto ha lugar en derecho.- En consecuencia, este Juzgado le imparte la correspondiente homologación al Convenimiento hecho entre las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
Dr. SERGIO SANCHEZ DUQUE.-

EL SECRETARIO,
Abg. OSMAN MONASTERIOS.-

EXP. N° 5.040.-
SSD/OM/av.-