Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano
Tribunal Primero de Control Sección Adolescente
Carúpano, 05 de Octubre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2011-000310
ASUNTO: RP11-D-2011-000310
Sentencia Interlocutoria de Declinatoria de Competencia
Celebrada como fue la Audiencia Oral y Reservada del ciudadano JOSÉ LUÍS PATINEZ LOGAN, conforme a las formalidades establecidas en el artículo 42 y 657 literal “F” de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el artículo 49 numeral 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Acto seguido el Juez le cede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien expone: Solicito la declinatoria de competencia en el presente asunto por cuanto el joven adulto se encuentra solicitado por el Tribunal Primero de Juicio Sección Adolescentes del Estado Bolívar Extensión Puerto Ordaz, de conformidad con el articulo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo. seguidamente el Juez explica al joven adulto sobre la orden de captura librada por el Tribunal de Juicio Sección Adolescente del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, lo impone del precepto constitucional establecido en el artículo 49 numeral 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se le interrogó sobre su voluntad de querer declarar, y procedió a identificarse de la siguiente manera JOSÉ LUÍS PATINEZ LOGAN, venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha 19/11/1991, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.745.089, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, hijo de Angélica Logan y José Luís Patinez, y domiciliado en el Sector La Antena, calle Principal, casa s/n, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; quien expuso: Yo me fugue, y tenia miedo y no fui mas, es todo. Posteriormente se le otorga la palabra a la Defensa Pública, quien expuso: Escuchada la solicitud del Fiscal del Ministerio Público, esta defensa no se opone a la misma y solicito copias simples, es todo. Seguidamente, el Juez toma la palabra y expone: Visto que efectivamente el hoy adulto JOSÉ LUÍS PATINEZ LOGAN, actualmente se encuentra solicitado por ante el Juzgado Primero de Juicio Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, tal como consta de las ordenes Nº 1837-2010, de fechas 25-08-2010, y Nº 833-2009 y 12-05-2009, por estar presuntamente incurso en uno de los delitos Contra la Propiedad, en la causa signada con el N° 1J-1077-2009; es por lo que debe declararse procedente la solicitud de Declinatoria de Competencia planteada por el ciudadano Fiscal Sexto Auxiliar del Ministerio Público y a la cual no se opone la defensa publica, en consecuencia y a fin de garantizarle al prenombrado ciudadano el Debido Proceso y todos sus derechos establecidos en la ley Especial; Este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: La Declinatoria de Competencia de las presentes actuaciones relacionadas con el hoy adulto JOSÉ LUÍS PATINEZ LOGAN, venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha 19/11/1991, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.745.089, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, hijo de Angélica Logan y José Luís Patinez, y domiciliado en el Sector La Antena, calle Principal, casa s/n, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; para ante el Tribunal Primero de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Estado Bolívar Extensión Puerto Ordaz, por ser el Juez natural para conocer de la orden de Captura dictada por dicho Juzgado, por estar presuntamente incurso en la comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad en la causa signada con el N° 1J-1077-2009; a los fines de garantizar el debido proceso, de conformidad con lo establecido en el articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, los derechos y garantías establecidos en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia líbrese oficio al ciudadano Comandante de Policía de ésta ciudad, informando que el joven adulto José Luís Patinez Logan, permanecerá en calidad de detenido en dicha comandancia hasta tanto la Dirección de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-delegación Estadal Carúpano, traslade al imputado hasta el Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar Extensión Puerto Ordaz. Líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, de ésta ciudad, a los fines de que realicen el traslado del referido imputado hasta el Estado Bolívar a los fines de que quede a la orden del Tribunal Primero de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescente del Circuito Judicial Penal Extensión Puerto Ordaz. Cúmplase. Librese los oficios correspondientes.
El Juez Titular Primero de Control
SERGIO SÁNCHEZ DÍAZ
La Secretaria Judicial
Abg. NEREIDA ESTABA GARCÍA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado
La Secretaria Judicial
Abg. NEREIDA ESTABA GARCÍA
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