REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 3 de Octubre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-001628
ASUNTO : RP01-P-2010-001628

AUTO QUE ORDENA NOTIFICAR ARCHIVO FISCAL

Visto el escrito presentado por la Abogada Elizabeth Betancourt, mediante el cual solicita se fije plazo prudencial en la presente causa penal que se sigue al imputado MIGUEL JOSE HEREDIA HEREDIA, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES LEVES GRAVISIMAS y AMENAZAS, previstos y sancionados en el artículo 415 del código penal, y artículos 41, 42 y 65 ordinal 3 de la ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ANA YOLIBEL GARCIA GUARNET, e igualmente solicita se decrete el cese de la medida cautelar impuesta. Este Tribunal para decidir observa:

En fecha 25-05-2011 se recibió procedente de la fiscalía Décima del Ministerio Público escrito, mediante el cual notifican el decreto de archivo fiscal de la presente causa dictado en fecha 04-05-2011.

En fecha 06-06-2011, este Tribunal mediante resolución respectiva, decretó el cese de la medida cautelar impuesta al ciudadano Miguel José Heredia Heredia, ordenándose librar las boletas de notificación correspondientes.

En virtud de las consideraciones expuestas este Tribunal considera que no tiene materia sobre la cual decidir, acordándose notificar a la defensa del archivo fiscal decretado por la fiscalía Décima del Ministerio Público en fecha 04-05-2011, e igualmente que el cese de la medida cautelar sustitutiva decretada al imputado de autos fue decretado por este Tribunal en fecha 06-06-2011 y así se decide. Cúmplase.
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL
ABG. KARELINA ARENAS RIVERO
LA SECRETARIA
ABG. RUSSELLETTE GOMEZ RODRIGUEZ