REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 30 de noviembre de 2011.
201º y 152º
ASUNTO: JMS1-S-2374-11
SOLICITANTE: : JOSE ANTONIO GONZALEZ SALAZAR
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL
Verificada la comparecencia en el día y hora fijada del ciudadano: JOSE ANTONIO GONZALEZ SALAZAR , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.189.183, domiciliado en la OCV , 14 de Octubre , Casa S/n El Peñón Cumana estado Sucre, en la audiencia preliminar, en la cual ratifica la solicitud de Autorización Judicial, presentada por su persona, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el dispositivo en el presente asunto y declara AUTORIZACIÓN JUDICIAL, y en consecuencia Se Autoriza al ciudadano : JOSE ANTONIO GONZALEZ SALAZAR , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.189.183, domiciliado en la OCV , 14 de Octubre , Casa S/n El Peñón Cumana estado Sucre, para que pueda Tramitar, gestionar y cobrar Prestaciones Sociales, Fideicomiso Laboral, Caja de Ahorros, Paro Forzoso, Pensión del Seguro Social, Ley de Política Habitacional, Pensión de Sobreviviente y/o cualquier otro beneficio social por ante el Seguro Social y cualesquiera otra Institución Publica y/o Privada que le corresponden a sus nietos: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de tres (03) y cuatro (04) años de edad, como consecuencia del fallecimiento de su padre ciudadano JOSE ANTONIO GONZALEZ BRITO (D), quien era titular de la cédula de identidad Nº V-14.285.661, cuotas partes estas que deberán ser remitidas a este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en cheque de gerencia con las cantidades que le corresponda al referido adolescente.
LA JUEZA
ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI
EL SOLICITANTE
LA SECRETARIA
EL FISCAL CUARTO MINISTERIO PÚBLICO
MEG/yulay
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