REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.

Cumaná, 21 de Noviembre de 2011.
201º y 152º
ASUNTO: TI1(TP2-S-1855-10)
SOLICITANTES: BERENICE BEATRIZ GONZALEZ
MOTIVO: CURATELA

Revisado la presente solicitud junto con sus anexos, presentada por la ciudadana: BERENICE BEATRIZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.124.927, domiciliada en la Urbanización la Llanada sector 01, vereda 38, casa Nº 02 Parroquia Altagracia de la Ciudad de Cumanà Estado Sucre, debidamente asistida por el abogado en ejercicio HENRY APONTE , inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.717, en el cual solicitan la designación de un CURADOR ESPECIAL, al adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, titular de la cedula de identidad nº 26.651.286 y la niña. Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de TRECE (13) Y TRES (03) años de edad respectivamente , con la finalidad de que los represente al momento de realizarse la compra de un inmueble ubicado en la Urbanización Nuestra Señora del Carmen , en el sector Tres Picos, la compra se hará por un monto de TREINTA MIL BOLIVARES (BS 30.000,00) , designándose como Curador Especial de los referidos adolescente y niños al ciudadano: BRUNELL ROSARIO GONZALEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.829.813, domiciliado en la Urbanización La Llanada , sector 01, vereda 38 Nº 02 de esta ciudad de Cumanà y aceptando el cargo en fecha 21-02-2011. en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en consecuencia declara CURADOR, AD-HOC a favor del adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, titular de la cedula de identidad Nº 26.651.286 y de la niña. Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes , de TRECE (13) Y TRES (03) años de edad respectivamente, al ciudadano.: BRUNELL ROSARIO GONZALEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.829.813, domiciliado en la Urbanización La Llanada , sector 01, vereda 38 Nº 02 de esta ciudad de Cumanà a los fines que los represente en la compra de un inmueble ubicado en la Urbanización Nuestra Señora del Carmen , en el sector Tres Picos, En Cumanà a los veintiún días del mes de Noviembre del año Dos Mil Once (2011).201º Años de la Independencia y 152º de la Federación.

La Jueza

Abg. María Eugenia Graziani
La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado


La Secretaria

MEG/yulay