REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.

Cumaná, 14 de noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO Nº: JMS1-S-2357-11
SOLICITANTE: MACABIS MARTHA (JEFE DFEL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL C.A.I “CUMANÁ”)
BENEFICIARIO: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
MOTIVO: AUTORIZACIÓN DE VIAJE

Visto el escrito presentado por la ciudadana MACABIS MARTHA (JEFE DFEL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL C.A.I “CUMANÁ”), venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.836.267 y de este domicilio, Institución adscrita al Servicio Autónomo de Protección Integral al Niño, Niña y Adolescente del estado Sucre (S.A.P.I.N.A.E.S), quien tienen la Responsabilidad de Crianza (CUSTODIA) del Adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 26.592.603 con Pasaporte Nº 050247480, en el cual solicita Autorización para Viajar fuera del Territorio Nacional en compañía del Funcionario Guía de Centro FRANCISCO CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.974.366 con Pasaporte Nº 028475134 y de este domicilio, con motivo de juegos Deportivos Suramericanos Escolares, auspiciado por el Ministerio para el Poder Popular de Educación y el Ministerio para el Poder Popular del Deporte, que se efectuará en la ciudad de Bogota-Colombia cuya partida será el día veintitrés (23) de noviembre del presenta año con fecha de regreso el día once (11) de diciembre del año en curso, por tal motivo necesita de una Autorización del Tribunal.

Este Tribunal con fundamento en los artículos 8, 39 y 63 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo por norte lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la citada Ley de Protección, analizada la finalidad de la solicitud presentada y el contenido de los recaudos anexos, en tal sentido a juicio de este Despacho, no surgen en modo alguno evidencias de perjuicios del Adolescente, por lo que considerando que proveer favorablemente lo solicitado conviene más su interés superior y suficientemente llenos como están los extremos legales exigidos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, decide, AUTORIZAR, suficientemente al ciudadano FRANCISCO CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.974.366 y con pasaporte Nº 028475134 y de este domicilio, para viajar con el adolescente con motivo de juegos Deportivos Suramericanos Escolares, auspiciado por el Ministerio para el Poder Popular de Educación y el Ministerio para el Poder Popular del Deporte, que se efectuará en la ciudad de Bogota-Colombia cuya partida será el día veintitrés (23) de noviembre del presenta año con fecha de regreso el día once (11) de diciembre del año en curso, con fundamento en los artículos 8, 39 y 63 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese Autorización.

La presente decisión es publicada dentro de su lapso de Ley.

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión, así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. En la ciudad de Cumaná a los catorce (14) días del mes de noviembre del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. CÚMPLASE.
La Jueza


Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET.

La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


La Secretaria


MEG/mjc.
SENTENCIA: INTERLOCUTRIA