REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 7 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-001769
ASUNTO : RP01-P-2008-001769

AUTO QUE DEJA SIN EFECTO ORDEN DE CAPTURA

Visto el escrito presentado por el Abogado Cruz Manuel Caraballo Español en su carácter de Defensor Público Segundo Suplente, del imputado ANTONIO JOSÉ BOADA, a quien se le sigue la presente causa penal por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionados en los artículos 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana DIANA MARÍA BRUZUAL ROJAS; mediante el cual solicita dejar sin efecto la orden de captura librada por este Tribunal contra su representado, argumentando que la policía fue a buscarlo a su residencia por encontrarse vigente la orden de captura emanada contra él. Este Tribunal visto el pedimento formulado, por no ser contrario a derecho revisadas las actas verifica que el referido acusado se encuentra bajo medida de suspensión condicional del proceso, por lo que se declara con lugar la solicitud planteada por la defensa y se acuerda dejar sin efecto la orden de captura librada en fecha 02-03-2011. Líbrese oficio al CICPC Sub Delegación Cumaná a objeto de informarle que este Tribunal dejo sin efecto la orden de captura librada en fecha 02-03-2011, contra el imputado ANTONIO JOSÉ BOADA, titular de la cédula de identidad No. 13.539.900, por lo que deberán realizar lo correspondiente para eliminar dicha orden del sistema SIIPOL y así se decide. Notifíquese al fiscal a la Defensa y al acusado del contenido de la presente decisión. Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control

Abg. Karelina Arenas Rivero
La Secretaria

Abg. Mariana Madrid Ortega