REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 09 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO: JMS1-S-1660-11
PARTES: GENESIS CAROLINA SIMANCAS, DAVID ENMANUEL RENGEL CASTELLIN y FELICIA DEL VALLE CASTELLIN

MOTIVO: HOMOLOGACION INTERPUESTA POR LA DEFENSORIA EDUCATIVA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO SUCRE.

INSTITUCION FAMILIAR: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes , de siete (07) meses de nacida.

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 12 de Abril de 2011, solicitud de homologación presentado por la DEFENSORIA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA PARROQUIA MARIÑO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO DEL ESTADO SUCRE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos GENESIS CAROLINA SIMANCAS, DAVID ENMANUEL RENGEL CASTELLIN y FELICIA DEL VALLE CASTELLIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.878.580, 24.877.105 y 12.275.412, respectivamente, con domiciliados la primera en el Sector Cantaura, Vía Pantanillo, Cumaná, Estado Sucre, el segundo en Miramar, Calle Principal Nro. 98, Cumaná, Estado Sucre y la última en Miramar, Calle Principal Nro. 98, respectivamente, en relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de siete (07) meses de nacida, suscrito en fecha 05-05-2011, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: Los ciudadanos DAVID ENMANUEL RENGEL CASTELLIN (padre) y FELICIA DEL VALLE CASTELLIN (abuela paterna), se comprometen a tener a la niña cuatro (4) días a la semana de cada mes del año, en un horario comprendido de 9:00 a.m a 4:00 p.m; el día del padre lo pasará con el padre y el día de la madre lo pasará con la madre. Igualmente tendrá comunicación telefónica con la madre de la niña para ponerse de acuerdo los días que tendrá a la niña, ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR. Cúmplase.-

Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los nueve (09) días del Mes de mayo de 2011.-
LA JUEZA




Abg. María Eugenia Graziani


La Secretaria


La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 12:30 p.m.

La Secretaria


MEG/mjgc
ASUNTO: JMS1-S-1660-11
PARTES: GENESIS CAROLINA SIMANCAS, DAVID ENMANUEL RENGEL CASTELLIN y FELICIA DEL VALLE CASTELLIN
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA