REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANÁ.

Cumaná, 25 de mayo de 2011.
201º y 152º



ASUNTO: JMS1-3773-11
DEMADANTE: ROBERT JOSE GONZALEZ GUZMAN
DEMANDADO: COROMOTO DEL CARMEN VILLARROEL
ASUNTO: DIVORCIO 185 ORDINAL 2º


Vista el acta de fecha 25-05-2011, que riela al folio treinta y cuatro (34) del presente asunto, levantada durante la realización audiencia Única de Mediación en el presente asunto de DIVORCIO 185 ORDINAL 2º, en la cual los ciudadanos: ROBERT JOSE GONZALEZ GUZMAN y COROMOTO DEL CARMEN VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.243.785 y 14.064.681, respectivamente, en presencia de la Jueza Abogada Maria Eugenia Graziani, celebraron conciliación por Obligación de Manutención, en beneficio de su hijo, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diez (10) años de edad, llegando al siguiente acuerdo:


Las partes procedieron a establecer las instituciones familiares, quedando de la siguiente manera: La Patria Potestad será ejercida por ambos padres. En relación a la responsabilidad de crianza, será ejercida por ambos padres, teniendo el padre la custodia provisional hasta tanto se resuelva quien tiene la custodia definitiva en la audiencia de juicio. El Régimen de Convivencia Familiar, será de manera provisional hasta tanto se resuelva en la audiencia de juicio y será los fines de semana de manera alterna. La obligación de manutención se establece de manera provisional hasta tanto se resuelva en la audiencia de juicio el divorcio y las instituciones familiares, es por la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200.oo) mensuales, provisionalmente. Ambos solicitan la apertura de una cuenta bancaria. Igualmente


Ante tales supuestos de hecho y de derecho, observando que las partes conociendo sus realidades familiares establecieron tal forma de dar cumplimiento a la obligación de manutención, no siendo ello contrario al interés superior del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considerando que la presente conciliación cubre las exigencias del artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, celebrada por los ciudadanos : ROBERT JOSE GONZALEZ GUZMAN y COROMOTO DEL CARMEN VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.243.785 y 14.064.681, respectivamente. Cúmplase.-

Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumaná a los veinticinco (25) días del mes de mayo del año Dos Mil Once (2011).-
LA JUEZA



Abg. María Eugenia Graziani

La Secretaria


La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 1:00 p.m.

La Secretaria


MEG/mjgc
ASUNTO: JMS1-3773-11
DEMADANTE: ROBERT JOSE GONZALEZ GUZMAN
DEMANDADO: COROMOTO DEL CARMEN VILLARROEL
ASUNTO: DIVORCIO 185 ORDINAL 2º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA