REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial
del Estado Sucre. Sede Cumaná.
Cumaná ,16 de mayo del 2011
201º y 152º
ASUNTO Nº: JMS1-S-1672-11
MOTIVO: HOMOLOGACION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
SOLICITANTES: SANDRA DEL VALLE VELASQUEZ Y LUIS RAFAEL PATIÑO FUENTES
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de homologación presentada por el FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PUBLICO Abg. JESUS MANUEL MOYA MARCANO , contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos SANDRA DEL VALLE VELASQUEZ Y LUIS RAFAEL PATIÑO FUENTES venezolanos, mayores de edad, con domicilio ambos en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre y titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 15.110.556 Y 5.704.480 , respectivamente, en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, de los adolescentes. Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y del niño: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diecisiete(17) quince (15) y nueve (09) )años de edad respectivamente , suscrito en fecha 05-05-2011, por ante ese despacho; se Admite la misma, ordenándose hacer las anotaciones correspondientes; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la conciliación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne a la obligación de manutención, establecida de la siguiente manera: la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs 500,00) mensuales , divididos en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES(Bs 250,00), los días 10 y 25 de cada mes , además los padres cubrirán con los gastos de uniformes y utiles escolares en un 50% cada uno, los gastos médicos , medicinas, serán cubiertos por el Seguro del Ministerio del Poder Popular para al Educación, donde el padre labora, el padre dara un bono vacacional por la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs 600,00) en el mes de diciembre dará un bono de fin de año por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (BS 2,000,00. En este acto la madre de los adolescentes Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y del niño: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diecisiete(17) quince (15) y nueve (09) )años de edad respectivamente, ciudadana: SANDRA DEL VALLE VELASQUEZ , esta de acuerdo con dicho convenio. Igualmente los padres del niño solicitan se ordene aperturar cuenta de ahorros Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Así mismo publíquese en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede Cumaná a los dieciséis días del Mes de mayo de 2011. 201º Años de la Independencia y 152º de la Federación.-.-
LA JUEZA
DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI L.
LA SECRETARIA
MEG/yulay
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