En horas de Despacho del día de hoy doce de mayo de dos mil once, siendo las diez y veinte minutos antes-meridiem, se trasladó y constituyó el Tribunal en compañía del ciudadano Crisanto Rafael Herrera Millán, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad Nº 3.870.179, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Orlando Rafael Bellorin, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.989, en la siguiente dirección: Avenida Antonio José de Sucre, sector “La Tejería” de la población de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; a los fines de la Querella Interdictal, decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, a los fines de constatar que la ciudadana Carmen Josefina García Serrano, referente al punto número dos de la presente comisión que corre inserto al folio número tres (03), este Tribunal observa que dicha ciudadana no ha cumplido con el retiro del material de relleno o granza del terreno donde se encuentra construido el local que se encuentra en la dirección indicada en la presente acta. Visto lo antes expuesto este Tribunal trató de tocar el portón que da acceso a la vivienda por lo cual no hubo respuesta, en virtud de que no hay ninguna persona, es todo. Toma la palabra el abogado asistente del ciudadano Crisanto Rafael Herrera Millán ambos identificados en acta, quien expone: “Solicito al Tribunal Ejecutor se sirva remitir la Comisión al Tribunal de origen”. Es todo, este Tribunal regresa a su sede natural, acordando lo conducente, es todo, terminó, se leyó y conformes firman: La Jueza Titular, (fdo) ilegible, parte actora y abg. Asistente, (fdos) ilegibles y la Secretaria Titular, (fdo) ilegible.
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