REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 23 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2010-002614
ASUNTO: RP11-P-2010-002614


Vista la solicitud realizada por el Fiscal Primero del Ministerio Público, abogado José Antonio Fraga Rojas, mediante la cual requiere a este Tribunal, prórroga para presentar el Acto Conclusivo en el presente asunto; alegando la complejidad del caso.

Este Tribunal considerando, que la solicitud fue realizada conforme al contenido del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto se entiende, que uno de los fines de la investigación, es aportar todo cuanto sea necesario, tanto para inculpar como para exculpar a los investigados, y en el caso de marras las resultas de las diligencias adelantadas por el Ministerio Público, revisten un carácter de suma importancia, y tomando en cuenta la complejidad del presente asunto lo que hace imposible dar por terminada la Fase Preparatoria, en la prorroga de sesenta (60) días que le fue acordada en fecha 31/03/2011, conforme al artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, se concede la prórroga solicitada, por un lapso de treinta (30) días continuos, contados A PARTIR DEL TREINTA (30) DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, EL CUAL VENCERÁ EL DÍA VEINTINUEVE (29) DE JUNIO DEL AÑO 2011.

DISPOSITIVA

Por las razones expuestas, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la prórroga solicitada por el Ministerio Público, por un lapso de TREINTA (30) días continuos, contados A PARTIR DEL TREINTA (30) DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, EL CUAL VENCERÁ EL DÍA VEINTINUEVE (29) DE JUNIO DEL AÑO 2011; ello a los efectos de que el Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa, seguida a los imputados JOSÉ RAFAEL RIVERA FIGUERA, YAMILET DEL CARMEN SALAS ROMERO, JALETT JOSEFINA AGUILERA, ADOLFO JOSÉ FIGUERA, JUAN JOSÉ VALDERRAMA FIGUERA, JULIETA JOSEFINA FIGUERA MONTES, NANCY COROMOTO FIGUERA, ROSA AMÉRICA ROSAL FIGUERA, por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Defensa. Se ordena la remisión de la presente acta y actuaciones complementarias a la Fiscalía del Ministerio Público, a los fines de que sean agregadas al asunto principal. Cúmplase.
El Juez Quinto de Control
Abg. Edgardo González Jaraba

La Secretaria Judicial
Abg. Hilda del Valle Flores