REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
Carúpano, 6 de Mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-002269
ASUNTO: RP11-P-2008-002269

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
SOBRESEIMIENTO
En el día de hoy, 06 de mayo de 2011, se constituyó en la sala de Audiencias número 04 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Segundo de Control, presidido por la Juez, Abg. Ysmenia Fernández (quien se avoca al conocimiento de la presente causa), la Secretaria Judicial, Abg. Doris Martínez y el alguacil de sala, a los fines de llevar a cabo la celebración de la AUDIENCIA ESPECIAL CONVOCADA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 45 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, en el asunto N° RP11-P-2008-002269, seguido al imputado DENDRY MERCEDES RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. A tales efectos se verificó la presencia de las partes, encontrándose presentes EL fiscal Auxiliar en Materia de Drogas, Abg. Jorge Sayegh, el imputado Dendry Mercedes Rodríguez Rodríguez (previa citación), y el Defensor Público Abg. Cruz caraballo (en sustitución de la defensora Publico Penal Abg. Sandra Kasiss).
SOLICITUD DE LA DEFENSA PUBLICA
Seguidamente se le cede la palabra al Defensor Público, Abg. Cruz Caraballo, quien expone: Vencido como ha sido el lapso y cumplido el régimen de prueba impuesto al imputado solicito se decrete la Extinción de la Acción Penal y en consecuencia el sobreseimiento de la presente causa, solicitud esta que presento de conformidad con lo previsto en el numeral 7, del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 3 del artículo 318 ejusdem; por cuanto se demuestra que el imputado cumplió a cabalidad por las condiciones impuestas por el tribunal y solicito copias simples; es todo.
EXPOSICION DEL IMPUTADO
Seguidamente se le cede la palabra al imputado ciudadano Dendry Mercedes Rodríguez Rodríguez, quien expone: yo cumplió con la presentaciones que me impuso el Tribunal en este circuito, es todo
EXPOSICION FISCAL
Acto seguido la Juez le otorga el derecho de palabra a la Fiscal del Ministerio Público; quien expone: no me opongo a que se le sea decretado el sobreseimiento al ciudadano DENDRY MERCEDES RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, por cuanto cumplió con las condiciones impuestas por el Tribunal. Así mismo solicito se me expidan copias simples del presente acto. Es todo.-:
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Acto seguido toma la palabra la Juez y expone: Concluido el desarrollo de la presente audiencia, convocada de conformidad con lo previsto en el Artículo 45 del COPP, durante la cual la Defensora Público Abg. Cruz caraballo solicitó se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del imputado DENDRY MERCEDES RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, por haber cumplido de manera satisfactoria el régimen de Presentaciones Impuestas por este Tribunal, y donde la representante del Ministerio Público no presentó objeción alguna, solicitando también el sobreseimiento de la causa, este Tribunal pasa a decidir de la manera siguiente: de la revisión de la causa se observa que por decisión de fecha 06-04-2009, éste Tribunal impuso al imputado de autos la ampliación del régimen de prueba por un lapso de un (01) año, con la condición de presentarse cada Sesenta (60) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, ello con ocasión de habérseles decretado la Suspensión Condicional del Proceso. Ahora bien, como se pudo constatar durante la audiencia a través del Sistema Juris 2000, el imputado cumplió con el régimen de presentaciones impuesto; es por lo que observadas estas circunstancias, este Tribunal segundo de Control, de conformidad con lo previsto en el Articulo 48 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA la extinción de la acción penal a favor del imputado de autos y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 45, 47 ordinal 7º y Articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETA a su favor el SOBRESEIMIENTO de la presente causa.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL a favor del DENDRY MERCEDES RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.550.418, nacido en fecha 01-10- 1986, de 23 años de edad, de profesión u oficio agricultura, hijo de: Felipe Rodríguez González, Ana Mercedes Rodríguez, y domiciliado en: Rió Grande Abajo, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre; quien admitió los hechos por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 45, 47 ordinal 7º y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETA a su favor el SOBRESEIMIENTO de la presente causa y por consecuencia el CESE de las presentaciones impuestas. Remítase el presente asunto en su debida oportunidad al Archivo Central a los fines de su posterior envío al Archivo Judicial. Quedan las partes en este acto notificadas de la presente decisión. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Segunda de Control

Abg. Ysmenia Fernández H
La Secretaria Judicial

Abg. Doris Martínez