REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 16 de Mayo de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-000475
ASUNTO : RP01-P-2011-000475

Analizadas como han sido las presente actuaciones seguidas al acusado ALFREDO RAFAEL NARVAEZ RODRÍGUEZ, venezolano, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.973.688, casado, nacido en fecha 20-06-1963, de oficio pescador, hijo de Ana Rodríguez y Alfredo Narváez residenciado en El Rincón de Araya, Primera calle, Casa N° 15, Municipio Cruz Salmeron Acosta Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 149 concatenado con el segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, este tribunal hace las siguientes consideraciones:

En el día de hoy estaba programada celebrarse en la presente causa audiencia oral de Constitución del Tribunal Mixto a los fines de determinar si los candidatos a escabinos reunían todos los requisitos para formar parte del tribunal mixto, verificándose la comparecencia de en presencia del Fiscal Undécimo del Ministerio Publico Abg. Cesar Guzmán, los candidatos a escabinos AUDYS MERCEDES LEMUS LUNAR, ENELICE JOSEFINA MARTINEZ, ARMANDO JOSE JIMENEZ; así como se verificó la incomparecencia de la defensa privada Abg. Verselys Gonzáles, así como no se hizo efectivo el traslado del acusado desde el Internado Judicial. No obstante ello, e, ciudadano ARMANDO JOSE JIMENEZ hizo del conocimiento del Tribunal que solo cursó hasta sexto grado y que es imputado en una causa seguida ante el Circuito Judicial Penal de Nueva Esparta, por lo que está sometido a régimen de presentaciones en esa entidad. Este Tribunal acordó pronunciarse al respecto por auto separado, para lo cual considera que en fecha Catorce (14) de Abril del año dos mil once (2011), se procedió a realizar sorteo, seleccionando a los siguientes candidatos a escabinos: primero: MAIRETT ORIMAR MEDIA DE BHAT; Segundo: ANA JOSEFINA OVIERON FIGUEROA; Tercero: CARMEN MILAGROS SALAZAR GUTIERREZ; Cuarto: JONNY JOSE FAJARDO; Quinto: AUDYS MERCEDES LEMUS LUNAR; Sexto: LUCY DEL CARMEN VELASQUEZ FIGUEROA; Séptimo: YUDITH JOSEFIA VALLEJO DE MARQUEZ, Octavo: ENRIQUE LUIS GUEVARA Noveno: ENELICE JOSEFINA MARTINEZ, Décimo: MARIA JOSEFINA VASQUEZ FUENTES, Decimoprimero, LUIS RAFAEL VELIZ Decimosegundo: JOSE MIGUEL CASTILLO GONZALEZ Decimotercero: ARMANDO JOSE JIMENEZ Decimocuarto : LUIS BAUTISTA APO FIGUEROA Decimoquinto: CARLOS JAVIER MENDEZ SIFONTES Décimo sexto: HILDA CARLOTA COLON CORTESIA.

Establece el artículo 151 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, como requisitos para ser escabino o escabina, los siguientes:

3. Ser por lo menos bachiller.

En atención al contenido del numeral 3 del artículo 151 del Código Orgánico Procesal Penal, observa este Juzgador que el ciudadano ARMANDO JOSE JIMENEZ, no reúne los requisitos exigidos en el numeral 3° del artículo 151 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el mismo no es bachiller, y en razón de este motivo legal este Tribunal acuerda excluirlo de la lista de escabinos sorteados en fecha Catorce (14) de Abril del año dos mil once (2011),. Así se decide.

Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA: La exclusión del ciudadano ARMANDO JOSE JIMENEZ, titular de la cédula de identidad nro 13.363.855, de la lista de candidatos a escabinos sorteados en fecha Catorce (14) de Abril del año dos mil once (2011), de conformidad con lo establecido en el artículo 151 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, al ciudadano ARMANDO JOSE JIMENEZ y líbrese oficio a la oficina de Participación Ciudadana informando del contenido del presente fallo.
El Juez Tercero de Juicio.

Abg. Samer Romhain Marín.



La Secretaria.
Abg. Fabiola Bauza.