REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 19 de Mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-004585
ASUNTO : RP01-P-2010-004585
Por cuanto en fecha 03 de Mayo de 2011, tomé posesión del cargo en el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal en virtud de que la Jueza Titular del mismo Dra. Rosiris Rodríguez, se encuentra supliendo la vacante temporal de la Abg. Maritza Espinosa, Jueza Superior de la Corte de Apelaciones del Estado Sucre, por reposo medico concedido a esta, por el lapso de treinta (30) días, me avoco al conocimiento de la presente causa, y vista la solicitud, formulada por la ciudadana Abg. MARIUZKA GABALDON ROJAS, Fiscal Séptimo del Ministerio Público; quien pide sea desestimada la denuncia formulada en contra del ciudadano JHONNY RAFAEL CORASPE, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, en perjuicio del ciudadano LUIS DANIEL RINCONES RONDÓN., en razón de los hechos ocurrido en fecha 27-09-2010, según acta policial de esta misma fecha practicada por el funcionario del Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transporte Terrestre, Vigilante (TT) BELEÑO GUERRERO LUIS JAVIER, quien expone: “Que fue comisionado para que se trasladara a la carretera Cumanacoa-La Rinconada, Vía Caney Mendoza, en la unidad de remolque del Estacionamiento 24 horas Don Nino, al llegar una comisión de bomberos me informó que se encontraba una persona atrapada debajo del tractor, y que se requería la ayuda de la Unidad de Remolque para levantar el tractor y sacar al lesionado, siendo las 4:30 AM, se logró sacar al lesionado y realizar el traslado para el hospital de Cumanacoa, procedí a tomar las medidas de seguridad para evitar otro posible accidente, me trasladé hasta el hospital donde me entrevisté con la Doctora MAIKY LARES, quien me suministró los datos de los lesionados, quedando identificados de la manera siguiente: LESIONADO 1: LUIS DANIEL RINCONES RONDÓN, titular de la cedula de identidad Nº 26.135.580, LESIONADO 2: JHONNY RAFAEL CORASPE, titular de la cedula de identidad Nº 13.360.190.” Este Tribunal para decidir observa: que en efecto en fecha 27-09-2010 funcionario de Tránsito Terrestre deja constancia de accidente ocurrido en la carretera Cumanacoa-La Rinconada vía caney Mendoza, con el saldo de lesionados, precisando circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Ahora bien, el hecho denunciado, como bien manifiesta la Representación Fiscal, de conformidad este hecho se encuadrar en el delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 420 numeral 1° del Código Penal, que es un delito de acción privada, el enjuiciamiento solo se hará solo a instancia de la parte agraviada, tal como lo dispone la misma norma. Por lo que el Ministerio Público no puede ordenar la apertura de una investigación penal en estos casos, corresponde el enjuiciamiento, solo a instancia de la parte agraviada y así se decide.
Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Segundo de Control Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Desestimación de la Causa, solicitada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, iniciada por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 420 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos LUIS DANIEL RINCONES RONDÓN y JHONNY RAFAEL CORASPE, y conforme a lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión de las actuaciones al Ministerio Público en su oportunidad. Notifíquese a la Representación Fiscal y al Denunciante.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. GILBERTO CARLOS FIGUERA
LA SECRETARIA
ABG. SONIA ALFARO