REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADOP SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 9 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-000592
ASUNTO: RP11-P-2011-000592
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
JUEZ: Abg. JESÚS EDUARDO GARCÍA
SECRETARIO: Abg. MILDRED DE SIMONE
FISCAL: Abg. MARIA JOSE JARAMILLO
FISCAL AUXILIAR PRIMERA
DEFENSOR: Abg. EDGAR BRITO
IMPUTADO: JOSE GREGORIO MADRID FERRER
Concluido el desarrollo de la presente Audiencia, oído lo manifestado por la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público, abogado Maria José Jaramillo; quien solicita a este Tribunal Decrete La Libertad Sin Restricciones, a favor del ciudadano ciudadano: JOSE GREGORIO MADRID FERRER, asimismo, oída lo manifestado por el Defensor Público Penal Nº 03, Abg. Edgar Brito; quien no se opone a la pretensión fiscal, y revisadas las actas que conforman el presente asunto; considera quien aquí decide, que en el presente caso no se encuentran llenos los extremos del artículo 250 de la norma adjetiva penal; en virtud, que de la revisión de la presente causa, se evidencia, ausencia de suficientes elementos de convicción, para acreditar que el ciudadano: JOSE GREGORIO MADRID FERRER, es responsable de la comisión de algún hecho punible, es por lo que este Juzgador considera procedente la solicitud de Libertad Sin Restricciones, realizada por la Fiscal del Ministerio Público, y se decreta que se siga por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA La Libertad Sin Restricciones del ciudadano: JOSE GREGORIO MADRID FERRER, venezolano, natural de Carúpano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 18.415.374, de profesión u oficio comerciante, de 26 años de edad, nacido en fecha 09-11-1.984, hijo de Silvino Madrid y Nancy Ferrer, teléfono 0426-8125192, con domiciliado: Final Calle Miranda Sector Baliachi, Casa S/N, frente al modulo policial, Carúpano, Estado Sucre, por cuanto de las actas no se evidencian suficientes elementos de convicción, que comprometan la responsabilidad del ciudadano antes mencionado, en la comisión de algún hecho punible. Se acuerdan las copias simples solicitadas por las partes y se insta a las mismas a obtener la reproducción fotostática correspondiente. Quedan notificadas las partes presentes en sala con la firma y lectura de la presente acta de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondientes boleta de libertad y remítase mediante oficio a la Comandancia de Policía del Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Cúmplase.
Juez Tercero de Control
Abg. Jesús Eduardo García
Secretaria Judicial
Abg. Mildred De Simone
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