REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 16 de Marzo de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-002896
ASUNTO : RP01-P-2009-002896


Visto el escrito realizado por la ciudadana Karelys del Carmen Pinto, quien en su carácter de concubina del acusado Yobanni Antonio Cariaco Mendoza, solicita se gestione la certificación de los antecedentes penales del mismo acusado. Este Tribunal a efectos de decidir observa lo siguiente, en primer lugar la solicitante no se hace asistir de abogado alguno para dirigir su escrito a este Tribunal, tal como lo exige el artículo 2 de la Ley de Abogados; en segundo lugar no funge como parte en la presente causa lo que la inhabilita para realizar solicitudes dentro de la causa, aunado a que lo solicitado invade la esfera personal de derechos individuales del acusado, lo que amerita autorización expresa del involucrado. Por todo lo anteriormente señalado se declara inadmisible, el petitorio de la ciudadana Karelys del Carmen Pinto, quien en su carácter de concubina del acusado Yobanni Antonio Cariaco Mendoza, solicita se gestione la certificación de los antecedentes penales del mismo acusado. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la Ley de Abogados y el artículo 104 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la solicitante. Es todo. Cúmplase.-
El Juez Segundo de Juicio

Abg. Douglas José Rumbos Ruiz




La Secretaria,

Abg. Andreína Almeida