REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 29 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-003168
ASUNTO : RP01-P-2010-003168
RESOLUCIÓN ACUERDA ENTREGA DE OBJETO
Realizada como ha sido el día, veinticuatro (24) de Marzo del año dos mil Once (2011), siendo las 2:00 PM, se constituyó en la sala Nº 2-A de este Circuito Judicial Penal, el Tribunal Segundo de Control, presidido por la Juez la Juez Abg. MILAGROS DEL VALLE RAMIREZ MOLINA, quien se avoca al conocimiento de la presente causa, acompañada de la Secretaria de Sala Abg. KAREN MARTINEZ CLAVIJO y el alguacil MISAEL CASTILLO, a los fines de celebrar la Audiencia Oral de entrega de Objetos, en la presente Causa signada con el Nº RP01-P-2010-003168, en virtud de la solicitud de entrega de objetos solicitada por el ciudadano ALEJANDRO MOLINA, de (35) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.665.079 nacido en fecha 22-09-1975, Soltero, de profesión Abogado, residenciado Urbanización Nueva CADIZ, Quinta Moreno y Asociados, Parcelamiento Miranda, Cumana, Estado Sucre, en su carácter de Apoderado de la Empresa SEGURVENCA O.F, C.A. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentra presentes la Fiscal Segunda del Ministerio Público en Materia de Ambiente ABG. GABRIELA MOREIRA y el solicitante ALEJANDRO MOLINA. Acto seguido el Tribunal declara abierta la Audiencia y le concede el derecho de palabra al solicitante
PETICIÓN DEL SOLICITANTE
Ratifico el escrito presentado en fecha 15-12-2010, mediante el cual solcito la entrega de una maquina con las características: SHOVELL CATERPILLAR, MARCA CATERPILLAR, MODELO: 955L 13X, SERIAL: J-8510144, COLOR: AMARILLO Y NEGRO, Por cuanto la maquina en los actuales momentos no es indispensable para la investigación aunado a que en fecha 21-09-2010 fue decretado el sobreseimiento de la presente causa.
EXPOSICION DEL FISCAL
Acto seguido se le cede la palabra a la Fiscal Ministerio Público en materia de Ambiente Abg. GABRIELA MOREIRA, quien expone: Oída la solicitud de entrega de vehiculo y revisada como han sido las presentes actuaciones, esta representación Fiscal solicita al este Tribunal decida conforme a Derecho lo solicitado, no haciendo oposición a la entrega material de lo solicitado ya que fue decretado el sobreseimiento de la presente causa.
DECISIÓN DEL TRIBUNAL
Este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Visto lo solicitado por el ciudadano ALEJANDRO MOLINA, en su carácter de Apoderado de la Empresa SEGURVENCA O.F, C.A., mediante el cual solicita a este Tribunal le sea entregado una máquina SHOVELL CATERPILLAR, MARCA CATERPILLAR, MODELO: 955L 13X, SERIAL: J-8510144, COLOR: AMARILLO Y NEGRO, asi como la documentación consignada a las actuaciones que lo acreditan como apoderado de la referida empresa propietaria del objeto solicitado, visto lo expuesto por la representación fiscal, en la que no se opone a la entrega material de dicho objeto, el cual según experticia realizada arrojo que en sus seriales de identificación se encuentra en su estado original, y visto la decisión dictada por este Tribunal que en fecha 23-09-2010 se decreto el sobreseimiento9 de la presente causa,. De conformidad con el articulo 318 numeral 1ª el código orgánico procesal penal, es por lo que a criterio de esta juzgadora lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud de entrega del objeto solicitado tomando en consideración que al no oponerse el fiscal del ministerio publico a la misma no hay en la presente punto contradictorio y dando cumplimiento al principio de congruencia entre lo pedido y lo decidido resulta procedente la entrega material de los objetos solicitados.- Por lo tanto este Juzgado Segundo de Control Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, acuerda la entrega del vehiculo modelo SHOVELL CATERPILLAR, MARCA CATERPILLAR, MODELO: 955L 13X, SERIAL: J-8510144, COLOR: AMARILLO Y NEGRO al ciudadano ALEJANDRO MOLINA, de (35) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.665.079 nacido en fecha 22-09-1975, Soltero, de profesión Abogado, residenciado Urbanización Nueva CADIZ, Quinta Moreno y Asociados, Parcelamiento Miranda, Cumana, Estado Sucre, en su carácter de Apoderado de la Empresa SEGURVENCA O.F., C.A.. en esta misma Audiencia acuerda la entrega de la maquina que guarda relación a la presente causa siendo estos un vehiculo, por lo que se declara con lugar tal pedimento. Ahora bien por cuanto se observa que de las presentes actuaciones no cursa el sitio especifico donde se encuentra localizada la maquina solicitada, es por lo que este Tribunal insta al Abogado solicitante consigne la dirección exacta y el propietario del estacionamiento, a los fines de materializar efectivamente la entrega, una vez conste en actas lo solicitado se procederá a elaborar el oficio respectivo. Quedan las partes notificadas con la lectura y firma de la presente acta conforme al artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.- Es todo. Terminó, se leyó y conformen firman siendo las 3:00 P.M.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
ABG. MILAGROS DEL VALLE RAMIREZ MOLINA
LA SECRETARIA JUDICIAL DE SALA
ABG. KAREN MARTINEZ CLAVIJO
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