REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná
Cumaná, siete ( 07 ) de Junio de dos mil once (2.011)
201º y 152
Este Tribunal al respecto expone, revisadas las actas procesales que conforman la presente causa y evidenciándose que el mismo se inicio medida de protección a favor de la adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y por cuanto se observa que para el momento de admisión de la causa era menor de edad, y para la fecha actual cuenta con la mayoría de edad, este Tribunal de juicio de Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el articulo 2do de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y adolescentes, señalándose en dicho instrumento jurídico, que solo ampara a quienes son Niños, Niñas y adolescentes, por lo tanto la ciudadana GABRIELA ADINA GIAMPIETRO ha alcanzado la mayoridad, lo cual se evidencia que sale de esta esfera de protección, en consecuencia se ordena el CIERRE DE LA CAUSA Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Cúmplase.
L.S. (Fdo) El Juez N° 01.Abg. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ. (fdo) La Secretaria, Abg. Luisa Márquez. Nota: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. La Secretaria. Abg. Luisa Márquez.-
Quien suscribe, Abg. Luisa Márquez., Secretaria del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Sede Cumaná. Juez de Juicio. CERTIFICA: Que la presente copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original. En Cumaná, a los SIETE (07) días del Mes de Junio del año dos mil once (2011).
El Juez de Juicio.-
ABOG. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA
Exp. Nº TI1( TP1-0996-03)
CIERRE DE CAUSA
MOTIVO: Mayoridad
ADOLESCENTE: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
JSSR
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