REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.

Cumanà, 27 de junio de 2011.
201º y 152º


ASUNTO: JMS1-S-1844-11
PARTES: ASSAD BASMADJI KATTA y
VANESSA DEL CARMEN FLORES LEZAMA

MOTIVO: HOMOLOGACION INTERPUESTA POR LA FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

INSTITUCION FAMILIAR: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes , de dos (02) años de edad.

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 21 de junio de 2011, solicitud de homologación presentado por LA DEFENSORIA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, contentivo del Acuerdo Conciliatorio celebrado entre los ciudadanos ASSAD BASMADJI KATTA y VANESSA DEL CARMEN FLORES LEZAMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.008.303 y 19.081.519, domiciliados el primero en la Urbanización Bermúdez, Bloque 08, letra B, apartamento 02, Planta baja, Cumaná, Estado Sucre, en relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, del niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes , de dos (02) años de edad, suscrito en fecha 20-06-2011, por ante ese despacho; SE ADMITE la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumanà, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: El padre ciudadano ASSAD BASMADJI KATTA compartirá con su hijo cada quince (15) días un fin de semana, lo buscará el día sábado a las 09:00 a.m y lo entregará el día domingo a las 6:00 p.m. Los días martes, miércoles y jueves compartirá con el padre desde las 2:00 p.m hasta las 5:00 p.m.. Las vacaciones escolares la compartirá mitad con el padre y mitad con la madre. Una semana santa con el padre y un carnaval con la madre, alternándose cada año. El 24 de diciembre lo pasará con el padre y el 31 de diciembre con la madre, alternándose cada año, ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR. Cúmplase

Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Cumanà a los veintisiete (27) días del mes de junio del año Dos Mil Once (2011).-
LA JUEZA




Abg. María Eugenia Graziani


La Secretaria


La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 12:30 p.m.



La Secretaria




MEG/mjgc
ASUNTO: JMS1-S-1844-11
PARTES: ASSAD BASMADJI KATTA y
VANESSA DEL CARMEN FLORES LEZAMA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR