REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, veintitrés de junio de dos mil once
201º y 152º
N° DE EXPEDIENTE: RP31-L-2010-000443
PARTE ACTORA: SERGIO JAVIER BALDAN LISTA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: SONIA BOLIVAR y CRUZ RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: BINGO CUMANA, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NUBIA CARMENZA ZAMBRANO MUÑOZ y MANUEL LINARES MARTINEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SENTENCIA
Visto que el día veintiuno (21) de Junio de 2011, oportunidad fijada para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se dejo constancia de que se hizo presente por la parte demandada BINGO CUMANA, C.A., hicieron acto de presencia sus apoderados ciudadanos LINO LINARES, abogado en ejercicio inscrita en el inpreabogado bajo el No. 41.512, representación que consta en poder que en copia riela a las actas y dejándose constancia de la incomparecencia de la parte actora por si o por interpuesta persona . En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, y en consecuencia TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. Y ASI SE DECIDE.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Juez
Abg. ALBELU NAZARET VILLARROEL
la secretaria,
Abg. Lisbeth Machado
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