REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 08 de Junio del 2.011
201° y 152°
Exp. N° 16.315

DEMANDANTE: HECTOR VELASQUEZ MARQUEZ, Inscrito
en el Inpreabogado bajo el N° 38.141, en su
carácter de endosatario de DARWIN JIMENEZ,
titular de la Cédula de Identidad Nro.6.957.114.

DOMICILIO PROCESAL: Urbanización Villa Jardín, Av. Principal Casa N°
9, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

APODERADO No Otorgó.

DEMANDADO: VICTOR CATALINO RUIZ ORTEGA, titular
de la Cédula de Identidad Nº 4.038.438.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

APODERADO: No Otorgó

MOTIVO: INTIMACION AL PAGO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Con fuerza de Definitiva)

Vista la Homologación realizada por este Tribunal en fecha 01 de Diciembre de 2.008 y visto igualmente el Convenimiento suscrito entre las partes intervinientes en el presente juicio en el Expediente 16.314, según Acta levantada en la Comisión N° 258-08, en fecha 11 de Noviembre de 2008, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valdez, Mariño y Cajigal del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dá por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria.

Abg. Francis Vargas Campos.


SGDM-am.
Exp. N° 16.315