REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 06 DE JUNIO DEL 2.011
201° Y 152°
Exp. N° 16.679
DEMANDANTE: JOSE ROSARIO SALAZAR GOMEZ, titular de la
Cédula de Identidad N°3.943.572.
APODERADO (S): No Otorgo.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal de la Población de la Horqueta,
frente a la parada de camiones, Municipio
Cajigal del Estado Sucre.
DEMANDADO: MERCEDES ZENAIDA CEDEÑO SALAZAR,
titular de la Cédula de Identidad N° 5.217.632.
APODERADO (S): No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Bolívar, N° 64, frente a la Plaza Bolívar,
Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DEFINITIVA)
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano JOSE ROSARIO SALAZAR GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.943.572, asistido del Abogado LUIS ATILIO PEÑA MUZZIOTTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.074, y visto igualmente el contenido de la misma, en la cual Desiste de la presente demanda, por haber alcanzado con su conyugue un acuerdo, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO suscrito de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas.
Exp. Nro. 16.679.
SGDM/rbg.-
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