LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 22 de Junio del 2011
201° Y 152°
Exp. N° 16.770.
DEMANDANTE: LEÍDA ANA MARTÍNEZ MORENO, titular de la
Cedula de Identidad N° 10.300.590.
APODERADO: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
DEMANDADO: JOSÉ FRANCISCO CARABALLO GONZÁLEZ,
titular de la Cedula Identidad N° 11.168.440.
APODERADO: No Ortigó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal previamente observa: Que por auto de fecha 15 de Junio del 2011, este Tribunal admitió la demanda, y se ordeno la citación de la demanda, comisionándose al, obviando lo solicitado en el Libelo de la Demanda, con respecto a que se nombre Correo Especial a la Demandante, ciudadana: LEÍDA ANA MARTÍNEZ MORENO, titular de la Cedula de Identidad N° 10.300.590, es por cuanto este Tribunal DEJA SIN EFECTO el auto de fecha 15 de Junio del 2011, solo con lo que respecta al Despacho de Citación librado, así como el Oficio N° 1020-396. En consecuencia este Juzgado ordena librar la Compulsa respectiva con la nota de comparecencia al pie, colisionándose suficientemente al Juzgado del Municipio Heres de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines de practicar la citación ordenada. Se designa Correo Especial a la ciudadana: LEÍDA ANA MARTÍNEZ MORENO, titular de la Cedula de Identidad N° 10.300.590, a los fines de llevar el despacho de citación al Juzgado Respectivo.- Y así se decide.- Cúmplase lo ordenado.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.- La Secretaría,
Abg. Francis Vargas Campos.-
En esta misma se cumplió con lo ordenado.-
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas Campos.-
SGdM/Fvc/ajno.-
Exp. Nº 16.770.-
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