REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 13 de Junio 2.011.
201° y 152°
Exp. N° 16.252.

DEMANDANTE: BEATRIZ DEL VALLE CARABALLO
CARABALLO, titular de la Cédula de
Identidad N° 15.114.073.

APODERADO (S): ELVIRA GOITIA, inscrita en el Inpreabogado
Bajo el N° 68.939.

DOMICILIO PROCESAL: El Muco, calle Orinoco, vereda Venezuela N°
626 Carúpano Estado Sucre.

DEMANDADO: JOSÉ NICOLÁS YAÑEZ SÁNCHEZ, titular
De la Cedula de Identidad N° 4.950.710.

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.


MOTIVO: ACCIÓN MERO DECLARATIVA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DE
DEFINITIVA)

Visto el Convenimiento suscrito en fecha 02 de Abril del 2.009 por las partes intervinientes en el presente juicio y visto igualmente la Homologación dictada por este Tribunal en fecha 13 de Abril del 2.009, tal como consta a los folios 164 y 165 del expediente, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez.

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.
Exp. N° 16.252.
SGDM/Fvc/dr.