REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES MATA DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
San José de Areocuar, 3 de junio de 2011
201° y 152°
Visto el acuerdo conciliatorio suscrito entre la ciudadana, MARIANNY CAROLINA HERNANDEZ VALDERRAMA, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, portadora de la Cédula de Identidad No. V-19.909.182 y el ciudadano, LUIS REINALDO ROSAS PATIÑO, venezolano, mayor de edad, chofer, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.880.454, domiciliados ambos en esta jurisdicción, en fecha jueves seis de mayo del presente año, en el Expediente Nº 305-2011 de la nomenclatura interna, contentivo de la Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la referida ciudadana, MARIANNY CAROLINA HERNANDEZ VALDERRAMA, en representación de su menor hijo, contra el mencionado ciudadano, LUIS REINALDO ROSAS PATIÑO, quienes convinieron: “En que el ciudadano, LUIS REINALDO ROSAS PATIÑO, le ayudará en la manutención de su hijo, con su comida, medicinas, ropas y cualquier imprevisto que se le presente, también sabe que en el mes de diciembre le proporcionará para la ropa, calzados y juguetes y en fin todo lo necesario para su desarrollo físico y mental. En cuanto al régimen de convivencia familiar, la progenitora dejará que el padre visite al niño los fines de semana, es decir, a partir del viernes, sábado y domingo y compartirá con el los días navideños ; por otra parte el padre solicitó que la madre del niño le avise cuando el niño se enferme o cuando necesite algo porque el se preocupa mucho ya que es su único hijo y por compromisos laborales, algunas veces el niño podrá estar con el padre otro día adicional a los señalados anteriormente”.Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público que beneficia al niño por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal natural de los progenitores. En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO, suscrito entre los ciudadanos MARIANNY CAROLINA HERNANDEZ VALDERRAMA y LUIS REINALDO ROSAS PATIÑO, suficientemente identificados de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del Expediente en la sede de este Juzgado. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En San José de Areocuar, a los tres días del mes de junio de dos mil once. Años 201° de la Independencia y l52° de la Federación.-
La Juez Provisorio.
,
Abg. Fanny R. Martinez M.
La Secretaria.,
T.S.U. Zoraima . Vargas .
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.
La Secretaria,
Exp.Nº 305-2011 T.S.U. Zoraima Vargas
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