REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

Carúpano, 16 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000172
ASUNTO: RP11-P-2004-000172

SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

En el día de hoy, Dieciséis (16) de Junio del 2011. se constituye en la Sala de Audiencias N° 4 de este Circuito Judicial Penal el Tribunal Segundo de Control, presidido por la Juez Abg. Ysmenia Fernández, acompañada por la Secretaria Judicial Abg. Karen Villamizar Cols y el alguacil de sala ciudadano Williams Caraballo, con el objeto de llevar a cabo la Audiencia Especial de conformidad con el art 45 del COPP, en el presente asunto seguida al ciudadano Ismael del Jesús Cumana. A tales efectos se verifica la presencia de las partes, encontrándose presente el Fiscal Primero del Ministerio Público Abg. José Antonio Fraga, el imputado Ismael del Jesús Cumana, la Defensora Público Penal Abg. Amagil Colón y la víctima ciudadana Ana Rosa Estaba Amarista. En este estado la Juez instruye a las partes del motivo de la presente audiencia.

EXPOSICION DE LA VICTIMA Y DEL IMPUTADO
Acto seguido se le otorga el derecho de palabra a la victima Ana Rosa Estaba Amarista, quien expone: él no se ha metido más conmigo, es todo. Así mismo el imputado Ismael del Jesús Cumana, manifestó en sala haber cumplido con las condiciones impuestas por el tribunal.




EXPOSICION FISCAL
Acto seguido el Juez le otorga el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público; quien expone: Revisado como ha sido la presente causa y verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas por el tribunal al ciudadano Ismael del Jesús Cumana, solicito muy respetuosamente a éste Tribunal se sirva decretar el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3, en relación con el artículo 48, numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se extinga la acción penal, y copias simples de la presente acta, es todo.
SOLICITUD DE LA DEFENSA PUBLICA PENAL
Seguidamente se le cede la palabra a la Defensora Público Penal, Abg. Amagil Colón; quien expone: Visto que mi representado, cumplió a cabalidad con las condiciones impuestas por éste Tribunal, tal y como se desprende de las actuaciones que conforman el presente asunto, solicito respetuosamente al Tribunal se pronuncie al respecto y en ese sentido solicito se declare la Extinción de la Acción Penal y, en consecuencia, se decrete el sobreseimiento de la presente causa, solicitud esta que efectúo de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 3 del artículo 318 ejusdem; es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Acto seguido toma la palabra la Juez y expone: Concluido el desarrollo de la presente Audiencia Especial, convocada de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en la cual la Defensa Pública y el Fiscal del Ministerio Público manifestaron su conformidad con que se decrete el sobreseimiento de la causa a favor del Ismael del Jesús Cumana, ampliamente identificados en autos, por haber cumplido de manera satisfactoria el régimen probatorio impuesto; éste Tribunal pasa a tomar su decisión en los siguientes términos: Como se pudo constatar durante la audiencia, efectivamente el imputado Ismael del Jesús Cumana, cumplió de manera satisfactoria el régimen de prueba que le fuera impuesto por éste Juzgado, en virtud de lo manifestado por la víctima a viva voz en esta sala de audiencias, que no se ha vuelto de meter con ella; es por ello que este Tribunal en atención a la disposición contenida en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal, y con el visto bueno de la representante del Ministerio Público, considera que lo procedente es declarar la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y, en consecuencia decretar el Sobreseimiento de la presente causa seguida en contra del ciudadano ISMAEL DEL JESÚS CUMANA, por la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Ana Rosa Estaba Amarista; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.
DISPOSITIVA,
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado Ismael del Jesús Cumana, de nacionalidad venezolana, natural de Carúpano, donde nació el 29-02-72, de 33 años de edad, hijo de Carmen Cumana y de Ismael Cumana, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Guayacán de las Flores, Sector 1, Vereda 57, casa N° 15 y titular de la C.I: N° V- 11.439.502, por la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Ana Rosa Estaba Amarista; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir el presente asunto al Archivo Judicial en su debida oportunidad. Quedan notificados los presentes en sala con la firma y lectura de la presente de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, se leyó, se terminó y conformes firman.
La Juez Segundo de Control La Secretaria Judicial

Abg. Ysmenia S. Fernández H Abg. Karen Villamizar