REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 14 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-001112
ASUNTO : RP01-P-2010-001112


Visto el petitum del director del Internado Judicial de Cumaná, en el que solicita la actualización del cómputo de pena del interno WILMER JOSÉ VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ, la misma se acuerda por ser procedente y no contraria a Derecho.

Se evidencia de los autos que en Audiencia Preliminar, celebrada en fecha 14 de Mayo del año 2010, según acta inserta a los folios Setenta y Tres (73) al Setenta y Cinco (75) del Expediente, el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ante la Admisión de los Hechos que hiciera el ciudadano WILMER JOSÉ VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ, venezolano, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.213.952, nacido en fecha 15-03-1973, estado civil soltero, hijo de Juana Velásquez y de Jesús Velásquez, residenciado en Barrio Bolivariano , calle Banco Obrero, callejón, Los Mozos, casa S/N, cerca de la escuela Bolivariano Cumaná Estado Sucre, le dictó sentencia condenatoria, emitiendo dicho Tribunal en fecha 01 de Junio del año 2010, auto inserto al folio Ochenta (80) de los autos, en el que expresa que por cuanto la decisión dictada por ese Despacho adquirió firmeza al no haberse interpuesto recurso, ordena la remisión de las actuaciones a la Unidad de Jueces de Ejecución, siendo finalmente recibida en este Juzgado Segundo de Ejecución dictándose el auto de entrada correspondiente en fecha 03 de Junio del año 2010, y siendo que en dicho fallo se evidencia que el referido Tribunal Quinto de Control condenó al ciudadano WILMER JOSÉ VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; es por lo que este Tribunal segundo de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal

Se evidencia que el penado estuvo cumpliendo pena desde el día que fue detenido, en la fecha 26/03/2010, hasta el día de hoy 14/06/2011, lleva efectivamente cumplido una pena de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y DIECINUEVE (19) DÁIS, restándole por cumplir NUEVE (09) MESES Y ONCE (11) DÍAS que se cumplirán el 26/03/2012.

En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Cómputo Actualizado de Pena al ciudadano WILMER JOSÉ VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ, ya identificado en actas; el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 14 de junio del año 2011, tiene una pena DOS (02) AÑOS, estuvo cumpliendo pena desde el día que fue detenido, en la fecha 26/03/2010, hasta el día de hoy 14/06/2011, lleva efectivamente cumplido una pena de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y DIECINUEVE (19) DÁIS, restándole por cumplir NUEVE (09) MESES Y ONCE (11) DÍAS que se cumplirán el 26/03/2012. Notifíquese Director del Internado Judicial de Cumaná. Líbrese Boleta Informativa al Penado. Líbrense las Boletas de notificaciones, informativa y oficios respectivos. CÚMPLASE.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. DOUGLAS JOSÉ RUMBOS RUIZ


LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS LUORAIM HURTADO.-.