REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 23 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-004028
ASUNTO : RP01-P-2010-004028

Analizadas como han sido las actuaciones de la presente causa seguida al acusado MANUEL DAVID SALAZAR YENDIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.992.639, venezolano, de 21 años de edad, nacido en cumaná en fecha 31/08/1989, soltero, desempleado, residenciado en el Sector San Francisco, en una casa que queda en el cerro frente al ambulatorio, Mariguitar Municipio Bolívar, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: ANTONIO RAFAEL RAVELO; este Tribunal observa:

Cursa al folio 161 al 164 de la causa, oficio N° 270/2011, suscrito por la Abg. Nelizia D Augusta V, representante de la oficina de participación ciudadana de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual remite a este Tribunal constancia de trabajo emitida por la empresa Venezolana de Frutas C.A (venfruca), ubicada en Barquisimeto Estado Lara, referente al ciudadano RODOLFO ALBERTO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nro 5.884.213, (candidato a escabino), en la que se indica que el referido ciudadano labora en dicha empresa desempeñando el cargo de GERENTE GENERAL, por lo que se solicita la representante de participación ciudadana sea excluido del deber de cumplir con dicha función de conformidad con el artículo 151 numeral 4° del Código Orgánico Procesal penal.

En fecha once (11) de Mayo de dos mil once (2011), se realizó el sorteo y resultaron seleccionados los Ciudadanos: Primero: JESUS RAFAEL CAMACARO CABALLERO; Segundo: RODOLFO ALBERTO LOPEZ BOSCHETTI; Tercero: FANNY BETARIZ MARIN DE ROMERO; Cuarto: EFRAI MAZA BRUZUAL; Quinto: MIRYAN JOSEFINA GIL VILLARROEL; Sexto: ZULEIMA DEL CARMEN VASQUEZ MARQUEZ; Séptimo: JOSE RAMON RINCONES ACOSTA ; Octavo: YENNY DEL CRMEN MAESTRE LOBO; Noveno: EUMELYS ALBERTINA DE ABREU GUZMAN; Décimo: INGRID COROMOTO MARTINEZ VELIZ ; Undécimo: CANDELARIO JOSE CALVO MARTINEZ; Decimoprimero: ROSA EVANGELISTA VELIZ ; Decimotercero: DAVID JOSE GONZALEZ; Decimocuarto: ROBERTO JOSE GOZAKEZ RODRIGUEZ; Decimoquinto: ANTHONY JOSE VELASQUEZ ASTUDILLO; Decimosexto: HILDA MARGARITA HERNANDEZ JIMENEZ.

Establece el artículo 151 numeral 4° del Código Orgánico Procesal penal como requisito para ejercer la función de escabino, estar domiciliado o domiciliada en el territorio de la circunscripción judicial donde se realiza el proceso; en razón de ello el ciudadano Rodolfo Alberto López, no cumple con el requisito señalado en la norma antes citada, por lo que debe ser excluido de la lista de candidatos a escabinos sorteados en fecha siete 11/05/2011. Así se decide.

Por los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de excusa planteada en la presente causa por el ciudadano RODOLFO ALBERTO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nro 5.884.213, de conformidad con el artículo 151 numeral 4° del Código Orgánico Procesal penal. Notifíquese a las partes, al ciudadano Rodolfo Alberto López y líbrese oficio a participación ciudadana. Cúmplase.
El Juez Tercero de Juicio.

Abg. Samer Romhain.

La Secretaria.

Abg. Lennys Marval.