REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
pODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 23 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-003479
ASUNTO : RP01-P-2010-003479

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al acusado JOSÉ LUIS RONDÓN GUERRA, venezolano, de 28 años de edad, nacido en fecha 15 de agosto de 1982, soltero, con cédula de identidad N° 23.923.241, residenciado San Juan, Sector Periquitos, casa sin número, zona montañosa, Municipio Sucre, del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CONCAUSAL, CON ALEVOSIA PREMEDITACIÓN Y POR MOTIVOS FUTILES E IMNOBLES previstos y sancionados en los artículos 408 en el caso del 406 numeral 2 en relación con el 77 ordinales 1 y 5 todos del Código Penal vigente para en momento de los acontecimientos; este tribunal hace las siguientes consideraciones:

Cursa al folio 272 de la causa, oficio N° 273/2011 suscrito por la Abg. Nelizia D Augusta V, representante de la oficina de participación ciudadana de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual remite a este Tribunal constancia médica expedida a la ciudadana Aracelys Barreta, titular de la cédula de identidad Nro 12.661.368, candidata a escabino, mediante la cual se indica que la referida ciudadana se encuentra en estado de gravidez, así mismo se remite escrito suscrito por dicha ciudadana en el que manifiesta que las reiteradas comparecencias ante este Tribunal ha causado malestar y afectación de salud por su estado de gravidez y solicita su exclusión conforme al artículo 151 del Código Orgánico Procesal penal.

De la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa se evidencia que en fecha quince (15) de Marzo del año dos mil once (2011), , se procedió a realizar sorteo, seleccionando a los siguientes candidatos a escabinos: Primero: ISAURA JOSEFINA MENDEZ SUAREZ; Segundo: YVOR AMILCAR MAXIMIL BASTARDO MEZA; Tercero: MARTHA LUISA MILLA VELASQUEZ; Cuarto: VISALIA DEL CARMEN GOMEZ ROSALES; Quinto: DOMINGO RAMON GONZALEZ RAMOS; Sexto: CARMEN MERCEDES GUTIERREZ MAGO; Séptimo: OEDRO ANTONIO PINTO FIGUEROA, Octavo: CAREN DEL VALLE GUTIERREZ MONTES, Noveno: BETTY CAROLIA GIL MEDINA, Décimo: JUANA DE DIOS RODRIGUEZ LEADRO, Undécimo FRANKLIN JOSE SALAZAR DELGADO y Decimosegundo RICARDO ALBERTO GONZALEZ RODRIGUEZ, Decimotercero: ARACELYS DEL CARMEN BARRETO ZERPA, Decimocuarto: CARMEN ANTONIO RODRIGUEZ MILLLAN, Decimoquinto: HENRY RAFAEL VIZCANIO; Decimosexto: IRADIA JOSEFINA MATA DE ALFONZO.

Artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, como causales de excusas para el desempeño de la función de escabinos; las siguientes:
Podrán excusarse para actuar como escabino:

1. Los que hayan desempeñado estas funciones dentro de los tres años precedentes al día de la nueva designación;
2. Los que realicen trabajos de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios;
3. Los que aleguen y acrediten suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función;
4. Quienes sean mayores de 70 años.


En atención al contenido del numeral 3 del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, el motivo de excusa alegado por la ciudadana ARACELYS DEL CARMEN BARRETO ZERPA se subsume en el ordinal 3 de la citada norma legal, por lo que insistir este Tribunal en que integre este Tribunal como escabino, sería generar un grave riesgo a su salud considerando que dicha ciudadana a solicitado sea excluida de ejercer esta función en atención a su estado de gravidez, por lo que acuerda la exclusión de la referida ciudadana de la lista de candidatos a escabinos que resultaron seleccionados en el sorteo celebrado en fecha 15/03/2011; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 154 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la excusa presentada por la ciudadana Aracelys Barreta, titular de la cédula de identidad Nro 12.661.368, y en consecuencia acuerda su exclusión de la lista de candidatos a escabinos seleccionados mediante sorteados en la presente causa; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 154 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, a la ciudadana Aracelys Barreta y líbrese oficio a la oficina de Participación Ciudadana informando del contenido del presente fallo. Cúmplase.-
El Juez Tercero de Juicio.

Abg. Samer Romhain Marín.

La Secretaria.

Abg. Lennys Marval.