REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 27 de Julio de 2011.
201° y 152°
Exp. N° 15.683
DEMANDANTE. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ
DEL ESTADO SUCRE
APODERADO: MARY CAROLINA CORDERO VALDEZ,
inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 54.354.
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ.
EMPRESA DEMANDADA: “INVERSIONES ARCAER, C.A.”, inscrita por
ante el Registro Mercantil Primer Circuito Judicial
del Distrito Federal y Estado Miranda, Bajo el N° 13,
Tomo 18-A, Pro. De fecha 25 de Febrero del año
1.982, en la persona de su Director Gerente y
Representante Legal ciudadana MARIA JOSE
CAROLI, titular de la Cédula de Identidad
N° 10.217.938.
APODERADO: JOSMARY GUTIÉRREZ, inscrita en el
InpreAbogado bajo el N° 55.282.
MOTIVO: EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD
PÚBLICA O SOCIAL.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA ( CON FUERZA DE
DEFINITIVA).
Vista la Transacción consignada suscrita por la Abogada en ejercicio; MARY CAROLINA CORDERO VALDEZ, inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 54.354, en su carácter de Apoderada Judicial de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL ESTADO SUCRE, parte demandante en el presente juicio, y la Abogada en ejercicio: JOSMARY GUTIÉRREZ, inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 55.282, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Empresa Demandada: “INVERSIONES ARCAER, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Primer Circuito Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, Bajo el N° 13, Tomo 18-A, Pro. de fecha 25 de Febrero del año 1.982, en la persona de la ciudadana MARIA JOSE CAROLI, titular de la Cédula de Identidad N° 10.217.938, con el carácter de Director Gerente y Representante Legal, parte demandada en el presente juicio; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Transacción presentada, y da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así mismo este Tribunal ordena la entrega de la Libreta de Ahorro del Banco BICENTENARIO Banco Universal, Cuenta N° 0007-0123-83-0080188753, a la parte demandada, Empresa: “INVERSIONES ARCAER, C.A.”, en la persona del Director Gerente y Representante Legal, ciudadana MARIA JOSE CAROLI, titular de la Cédula de Identidad N° 10.217.938. Y así se decide.- En consecuencia se ordena oficiar a la entidad Financiera BICENTENARIO Banca Universal, a los fines de informarle que la Cuenta de Ahorro N° 0007-0123-83-0080188753, será movilizada por la ciudadana MARIA JOSE CAROLI, Titular de la Cédula de identidad N° 10.217.938, Director Gerente y Representante Legal, de la Empresa INVERSIONES ARCAER, C.A.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas c.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Francis Vargas c
Exp. Nro. 15.683.-
SGdM/Fvc/ajno.-
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