LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 27 de Julio del 2011
201° y 152°
Exp. N° 15.460.
DEMANDANTE: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BENÍTEZ DEL ESTADO
SUCRE.
APODERADO: ANGEL G. MARCANO, inscrito en el InpreAbogado
bajo el N° 9768.
DEMANDADO: CALOS JOSÉ DEYAN ZAPATA y ROMELIA JOSEFINA
ZAPATA DE CABRERA, titular de la Cedula Identidad
N° 6.959.029 y 4.947.783, respectivamente.
APODERADO: PEDRO DEL VALLE MOSQUEDA, inscrito en el
InpreAbogado bajo el N° 32.584.
MOTIVO: INTERDICTO DE DESPOJO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas, que en fecha 12 de Julio del 2011, este Tribunal fijo la presente causa para que las partes presente sus alegatos, y posteriormente en fecha 15 de Julio del 2011 se fijo la causa para Sentencia, y por cuanto conste que falta practicar la notificación del Sindico Procurador Municipal del Municipio Benítez del Estado Sucre, es por cuanto este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DEJA SIN EFECTO el auto de fecha 12 de Julio del 2011 y 15 de Julio del 2011, respectivamente. Así se decide
La Juez,
La Secretaría,
Abg. Susana García de Malavé.-
Abg. Francis Vargas Campos.-
SGdM/Fvc/ajno.- Exp. Nº 15.460.-
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