REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 01 Julio del 2.011
201º y 152º
Exp. N° 16.804

DEMANDANTE: JOSE EVARISTO VELASQUEZ VELASQUEZ,
Titular de la Cedula de Identidad N° 3.946.930.

APODERADO: JESUS ALBERTO MARTINEZ NAVARRO,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.415.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

DEMANDADO: JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ.

APODERADO: No otorgó.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó.

MOTIVO: RECURSO DE HECHO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente Expediente, y por cuanto se observa, que la demanda principal (ACCION REIVINDICATORIA) que ocasionó la presente acción, fue introducida en fecha 17 de Diciembre del 2.010 por ante el Juzgado del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, es decir, posterior a la Resolución de fecha 18 de Marzo de 2009-0006, donde el Tribunal Supremo de Justicia, estableció que las causas que fueran conocidas por los Juzgados de Municipios conocerán en Alzada de los Juzgados Superiores, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, declara que no tiene competencia para tramitar y decidir el presente Recurso y DECLINA la misma para ante el Juzgado Superior de este Circuito Judicial, en su oportunidad legal correspondiente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.


SGDM-mmg.
Exp. N° 16.804.