LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 07 de julio de 2011
201º y 152º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ANTONIO MARCELINO RODRIGUEZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, casado, hábil en derecho, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.901.034, domiciliado en la Calle Principal del Caserío San Roque, casa s/n, parroquia San Josè del municipio Andrés Mata del estado Sucre, asistido del Abogado en ejercicio, Néstor Luís Martínez Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.973 y con domicilio procesal en Carúpano, parroquia Santa Catalina, municipio Bermúdez del estado Sucre y visto igualmente el pedimento que hace por ante este Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo, CLASE: CAMION, TIPO: PLATAFORMA, MARCA: CHEVROLET, MODELO: CHEYENNE, Año: 1999, COLOR: ROJO, PLACAS: 989XJB, Serial DEL MOTOR: V0320AKP, SERIAL DE CARROCERÍA: C1C3KPV331095, DESTINADO AL USO: CARGA y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: JOSE DEMETRIO VIÑOLES ROJAS y PEDRO RAMON COVA , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.2.669.131 y 6.667.683, respectivamente, ambos domiciliados en esta jurisdicción del Municipio Andrés Mata de este estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano ANTONIO MARCELINO RODRIGUEZ ROMERO, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar, a los siete días del mes de julio de dos mil once. Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Juez Provisorio,

Abg.Fanny R. Martínez M. La Secretaria,

T.S.U. Zoraima M. Vargas .
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados. Conste.
La Secretaria,

T.S.U.Zoraima M. Vargas .

Sol. N°.041-2011