LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES MATA SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
San José de Areocuar, 11 de julio de 2.011
201º y 152º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: YONNY AZAEL RIOS MILLAN, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.704.868, domiciliado en la calle principal del Caserío Camino de Guiria, casa s/n de esta jurisdicción municipio Andrés Mata de este estado Sucre, actuando en su propio nombre y representación, asistido por el ciudadano GUSTAVO PAREDES, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.050 y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo con las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: SEDAN; MARCA: CHEVROLET; AÑO: 1988, MODELO: MONZA; COLOR: ROJO; PLACA: XLI824; MOTOR: TJV320884; CARROCERÍA: 5L69TJV320884, DESTINADO AL USO: PARTICULAR. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: JOSE GREGORIO MALAVE VELASQUEZ y PROSPERO ANTONIO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 10.876.986 y 2.669.396, ambos domiciliados en esta jurisdicción del municipio Andrés Mata de este estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano YONNY AZAEL RIOS MILLAN, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los once días del mes de julio de dos mil once. Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,


Abog.Fanny R. Martínez M. La Secretaria,

T.S.U.Zoraima Vargas
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

T.S.U.Zoraima Vargas
Sol. N°.028-2011