REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
T. Penal de Control del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 28 de Julio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-001943
ASUNTO: RP11-P-2011-001943
Concluida la celebración de la Audiencia de Imposición en la cual se escuchó lo manifestado por la Fiscal del Ministerio Público Abg. Maria Jaramillo; por el imputado; por la Defensa, y revisadas las actas consignadas, se evidencia que el aprehendido BRAULIO GRANADOS RAMOS, se encuentra solicitado por el JUZGADO PRIMERO DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS- SEDE MATURÍN, según Expediente No. NP01-D-2010-000377, de fecha 14/03/2011M PERO NO INDICA EL DELITO. Por lo que considera este Juzgador que el órgano jurisdiccional competente para conocer de la libertad o no del ciudadano en cuestión, es el Juzgado Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas- sede Maturín, por lo que se Acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa hasta el Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en funciones de Guardia; de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa al Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del por el Juzgado Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas- sede Maturín, atendiendo a lo dispuesto en el articulo 77 del Código Orgánico Procesal Penal; por encontrarse el ciudadano BRAULIO GRANADOS RAMOS, quien es venezolano, Natural de Carúpano, titular de la cedula de identidad N° 25.097.449, nacido en fecha 23/01/1993, de 18 años de edad y con domicilio en: el sector 5 de julio, calle principal hacia el cerro, casa sin numero, parroquia santa catalina, municipio Bermúdez del estado sucre; solicitado por el referido tribunal de control. Líbrese Oficio al Comandante de Policía del Municipio Bermúdez a los fines de que reciba en calidad de detenido al imputado de autos, hasta tanto el C.I.C.P.C Sub Delegación Carúpano realice el traslado correspondiente hasta la sede del Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Líbrese Oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub – Delegación Carúpano, a los fines de que con la seguridad de Caso, trasladen con carácter de Urgencia al ciudadano BRAULIO GRANADOS RAMOS, hasta la sede del Juzgado que lo requiere. Líbrese Oficio al Juzgado de Primera Instancia en Fase de Control seccion Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, remitiéndole al aprehendido y las presentes actuaciones. Una vez Librado lo conducente, désele por terminado al presente asunto a nivel de sistema Juris 2000, ello en virtud de que las presentes actuaciones serán remitidas a su lugar de origen. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 6:30 de la tarde.
Abg. Edgardo González Jaraba
La Secretaria Judicial
Abg. Hilda del Valle Flores
|