REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 22 de Julio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2003-000015
ASUNTO : RJ01-P-2003-000015
ACTUALIZACIÓN DE COMPUTO
PENADO: Jesús Elías Urrieta Álvarez.


La Abg. DESIRÉE BARRETO SANTAELLA, en su condición de JUEZ se avoca al conocimiento de la causa y por cuanto en fecha 11/04/2011 este juzgado dictó auto de actualización de cómputo de pena en el cual señala como fecha en que finaliza la pena el 23/07/2011, esta juzgado revisa las actuaciones conforme lo dispone el articulo 479 del COPP revisa las presentes actuaciones y observa:
PRIMERO: En fecha 21 de Febrero del año 2007, el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal de Cumaná, Estado Sucre, dictó sentencia condenatoria en contra del penado JESÚS ELÍAS URRIETA ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.- 10.951.063, residenciado en la Urb. Los Mangles, bloque 5, piso Nº 2, apartamento 3, Cumaná, Estado Sucre, imponiéndole una pena a cumplir de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ PÉREZ.-
SEGUNDO: Del tiempo de detención: En fecha 04/05/2003 es detenido según acta policial cursante al folio 152 y vto de la pieza 1 de la causa, hasta el 21/09/2007 fecha en la cual se evade el CTC Francisco Canestri según oficio cursante al folio 100 de la pieza 17 de la causa. Luego es capturado en fecha 23/03/2009 encontrándose detenido hasta el dia de hoy 22/07/2011.
TERCERO: De las redenciones: En fecha 18/06/2007 se le ejecuta la primera redención tal como consta en los folios 136 y 137 pieza 15 de la causa ( por un tiempo de UN AÑO SEIS MESES Y VEINTICUATRO DIAS), luego en fecha 16/04/2010 se le ejecuta una segunda redención tal como consta en los folios 131 al 133 pieza 17 de la causa por un tiempo de CINCO MESES Y VEINTIOCHO DIAS ), igualmente el 4/04/2011 se le ejecuta una tercera redención tal como consta a los folios 269 y 270 pieza 17 de la causa por un tiempo de (UN AÑO VEINTIDOS DIAS Y DOCE HORAS).
CUARTO: Por efecto de lo Supra señalado, es pertinente la práctica a la fecha de nuevo computo de pena al reo de autos, con inclusión de las redenciones acordadas al mismo, y al efecto se precisa que, siendo que él penado JESÚS ELÍAS URRIETA ÁLVAREZ, fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, es por lo que tiene al día de hoy:
FECHA DE DETENCIÓN: Según acta policial cursante al folio 152 y vto pieza 1 el día 04/05/2003, hasta el día 21/09/2007, fecha en la cual se evadió del CTC “Dr. Francisco Canestri”, Caracas, Distrito Capital ( subtotal de CUATRO AÑOS CUATRO MESES Y DIECISIETE DIAS) y desde el día 23/03/2009, fecha en la cual se materializa la orden de captura librada en su contra, en virtud de incumplir el beneficio de Régimen Abierto Acordado, hasta el día de hoy, 22 de Julio del año 2011 ( Subtotal de DOS AÑOS TRES MESES Y VEINTINUEVE DIAS).
PENA FISICA CUMPLIDA: SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DIECIISÉIS (16) DÍAS.
1° Redención (18/06/2007): UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS.
2° Redención (16/04/2010): CINCO (05) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS.
3° Redención (04/04/2011): UN (01) AÑO, VEINTIDÓS (22) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.
PENA EFECTIVA CUMPLIDA (Física+Redenciones): NUEVE (09) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DOCE (12) HORAS.
PENA POR CUMPLIR: UN (01) MES VEINTINUEVE (29) DIAS Y DOCE (12)HORAS.
FECHA EN QUE FINALIZA LA PENA: 22/09/2011, A LAS 12:00 HORAS.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 479 numeral 1°, del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, ACTUALIZA EL COMPUTO DE LA PENA IMPUESTA al Penado: JESÚS ELÍAS URRIETA ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.- 10.951.063, residenciado en la Urb. Los Mangles, bloque 5, piso Nº 2, apartamento 3, Cumaná, Estado Sucre, resultando sumado los lapsos de tiempo Redimidos al de pena física cumplida, da un tiempo de Pena Real de pena cumplida a la fecha de hoy de NUEVE (09) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir una pena de UN (01) MES VEINTINUEVE (29) DIAS Y DOCE (12)HORAS la cual se cumplirá el 22/09/2011 a las 12:00 HORAS y Así se decide.- Líbrese oficio remitiendo Copia Certificada del presente Auto de a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná. Infórmesele al Penado, Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y a la Defensa. Líbrese las Boletas de notificaciones e Informativa así como el oficio respectivo. CÚMPLASE.-
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. DESIRÉE BARRETO SANTAELLA
LA SECRETARIA,
ABG. ROMINA RONDON