REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. SEDE CUMANÁ.

Cumaná, 15 de Febrero de 2010
200º y 152º



ASUNTO Nº: JMS1-3668-10
PARTE ACTORA: JAVIER ANTONIO PARACABI RINCONES
PARTE DEMANDADA: KEILA GERISUD MAIZ RANGEL
BENEFICIARIA: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR



En fecha nueve (09) de diciembre de Dos Mil Diez (2010), se recibió de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, demanda por Ofrecimiento de Obligación de Manutención, incoada por el ciudadano Fiscal Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en representación de Los niños Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de un (01) año de edad, a solicitud del padre de ésta ciudadano JAVIER ANTONIO PARABABI MAIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.949.655, domiciliado El Barrio Caja de Agua, Calle Salvador Gómez, Casa Nro. 74, Cumaná, Estado Sucre, contra la ciudadana KEYLA GERISUD MAIZ RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.20.240.492, domiciliada en el Tacal, Sector La Montañita, Casa Nro. 89, cerca del módulo de los Cubanos, Cumaná, Estado Sucre.

Dicha demanda fue admitida en fecha 22-12-2010, ordenándose la notificación de la parte demandada ciudadana KEYLA GERISUD MAIZ RANGEL, evidenciándose que previa certificación de Secretaría, quedaron notificadas las partes para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, tal como se observa de la respectiva consignación y certificación.

Ahora bien siendo el 15-02-2011 el día y la hora establecida para la celebración de la audiencia de mediación de la audiencia preliminar, se dejo constancia de la NO COMPARECENCIA de las partes ciudadanos JAVIER ANTONIO PARABABI MAIZ y KEYLA GERISUD MAIZ RANGEL, plenamente identificados en autos, ni por si ni por medio de apoderado judicial que los represente, declarándose concluida la audiencia tal y como lo señala el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se termina el proceso y se procede a dictar sentencia oral la cual es reproducida en un acta que es publicada en este mismo día. En consecuencia se considera desistido el presente procedimiento.


Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Cumaná, bajo decisión de la Jueza, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO el presente procedimiento. Así se decide.

La presente sentencia ha sido dictada dentro de su lapso legal.

Publíquese de conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento al mandato del artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada. Y publíquese en la página Web del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. En Cumaná, a los quince (15) días del mes de Febrero del año Dos Mil Once (2011). 200° años de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA


DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.
LA SECRETARIA

La presente sentencia se publicó en su fecha, siendo las 10:30a.m.

LA SECRETARIA

MEGL/mjgc
ASUNTO Nº: JMS1-3668-10
PARTE ACTORA: JAVIER ANTONIO PARACABI RINCONES
PARTE DEMANDADA: KEILA GERISUD MAIZ RANGEL
MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA