REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Tercero  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre 
 
Cumaná, veintiocho de febrero de dos mil once
 
200º y 152º
 
 
 
SENTENCIA
 
 
 
N° DE EXPEDIENTE:RP31-L-2010-000430
 
PARTE ACTORA:LUIS ALFREDO BARRETO MARTINEZ
 
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YSABEL GARCIA
 
PARTE DEMANDADA: PRODUCTOS GREEN MOUNTAING C.A
 
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS ALFREDO BARRETO MARTINEZ,
 
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES 
 
 
 
 
 Visto que  el día veinticinco (25) de Febrero del 2.011, oportunidad fijada para que tuviere lugar  la Audiencia  Preliminar,  en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se sigue en el presente asunto se hizo presente  por la parte actora el ciudadano LUIS ALFREDO BARRETO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad nro. 13.499.109  debidamente asistido por YSABEL GARCIA, Abogado  de este domicilio  inscrito en el i.p.s.a. bajo los  Nro. 98.600, y por la parte demandada PRODUCTOS GREEN MOUNTAING C.A.  hizo acto de presencia su apoderado ciudadano GUSTAVO CASTRO ESCALONA,    abogado en ejercicio inscrito  en el inpreabogado bajo el No. 72.437, representación que consta en poder apud acta que riela al folio 15, ofreciendo  la parte demandada  a los fines de dar por terminado el presente proceso cancelar la suma de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00)  que comprende los conceptos demandados para se cancelados el día  Tres (03) de Marzo del 2.011 en este estado   la parte actora acepta y conviene la oferta realizada por lo que declara estar de acuerdo con todo lo ante expuesto y manifiesta que no tiene nada que reclamar a la demandada, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que le unió a la misma, En consecuencia por cuanto los acuerdos expresados son productos de la voluntad libre, consciente y espontánea manifestada por las partes y  dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes y   por cuanto  no es contrario a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales, sostenidos por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y no contienen renuncia a ningún derecho derivado de la relación de trabajo; este  Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre,  de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  261 y 262, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con   el Artículo tercero (3ero) Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  HOMOLOGA la presente TRANSACCION  y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes, así mismo una vez que conste  el cumplimiento de la misma se ordenará el archivo del presente expediente, en este acto se entregan las pruebas consignadas.   PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIAS CERTIFICADA 
 
  La Juez
 
        
 
 
Abg.  ALBELU NAZARET VILLARROEL                                              
 
 
 El secretario,
 
 
 
                                                                                                         
 
Abg. Lisbeth Machado
 
 
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