JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 14 de febrero de 2.011
200º y 151º

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JOSÉ FAUSTINO RODRIGUEZ AGUILERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 9.273.851 y domiciliado en la población de San José de Areocuar , Parroquia San José del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, asistida por el ciudadano Luís García Valdez, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.407 y con domicilio procesal en Carúpano, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo CLASE: CAMION, TIPO: VOLTEO, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1983, MODELO: C-70, COLORES: ROJO, PLACA: 668-NAO, SERIAL DEL MOTOR: DBV213207, SERIAL DE LA CARROCERIA: C17DBDV213207 Y USO: CARGA. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: SENOVIA JOSEFINA VILLARROEL y GENARO JOSÉ HEREDIA AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 10.217.821 y 4.952.404 respectivamente, domiciliados ambos en esta jurisdicción del Municipio Andrés Mata, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano JOSÉ FAUSTINO RODRIGUEZ AGUILERA, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los catorce días del mes de febrero de dos mil once. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,

Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,

T.S.U.Zoraima M. Vargas.

Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

T.S.U.Zoraima M. Vargas.

Solicitud N° 002-2011