REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL

Carúpano, 22 de Febrero de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-000492
ASUNTO: RP11-P-2011-000492

DECLINATORIA DE COMPETENCIA

En el día de hoy, 22 de Febrero de 2011, se constituyó en la Sala de Audiencias Nº 3 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Quinto de Control, presidido por el Juez, Abg. Ysmenia Fernández, acompañado de la Secretaria Judicial, Abg. Maria Magdalena Acosta, a objeto de realizar la Audiencia de Declinatoria de Competencia del imputado: JAIRO FERNANDO JIMENEZ REINA, a tal efecto se verifica la presencia de las partes, encontrándose presentes el Fiscal Primero del Ministerio Público, Abg. José Antonio Fraga y el imputado: JAIRO FERNANDO JIMENEZ REINA a quien se le pregunta, si tienen Defensor de Confianza que lo asista en el presente acto, manifestando el mismo que NO contar con abogado de su confianza y en consecuencia se hizo pasar a la sala al defensor público de guardia Abg. Jesús Maiz, quien acepto el cargo recaído en su persona.
EXPOSICION FISCAL
Seguidamente el Juez le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público quien expone: En uso de las atribuciones que me confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos 44 y 49 y demás leyes de la República, Ocurro y expongo: presento en este acto al ciudadano, JAIRO FERNANDO JIMENEZ REINA, por cuanto se encuentra solicitado por la Sub-delegaciòn El Llanito, de fecha 23-09-99, por el delito de Homicidio Intencional. Es por ello que solicito sea declinada la competencia al Tribunal de Control de la jurisdicción respectiva; y asì mismo se notifique al Fiscal de Transición de la Jurisdicción, de conformidad con el artìculo 77 del COPP.
IMPOSICION DEL IMPUTADO
Seguidamente el Juez Impone al Imputado JAIRO FERNANDO JIMENEZ REINA, de los motivos de su aprehensión e impuso al imputado del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal; identificándose como JAIRO FERNANDO JIMENEZ REINA, quien es venezolano, Natural de Carúpano, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad N° 12.962.668, nacido en fecha 26-11-74, de 36 años de edad, hijo de: Elena Reina y Fernando Jimènez, y con domicilio en: Petare, La dolorita, vereda 23, casa 06, Distrito Capital y expuso: “Me acojo al precepto Constitucional” Es todo”.
SOLICITUD DEL DEFENSOR PUBLICO
Acto seguido se le otorgó la palabra a la defensora Publica, quien expuso: “Esta defensa se opone a la declinatoria de competencia solicitada por el Ministerio Publico, por cuanto no està clara la situación del mismo con relaciòn al delito imputado; no obstante deja a criterio de este digno Tribunal que decida lo pertinente en el presente caso, de igual manera solicito al Tribunal se sirva con carácter de Urgencia trasladar al Imputado hasta el sitio requerido, y donde quede recluido se le garantice su integridad física, a los fines de que se ponga a Derecho para solventar su situación jurídica, y solicito copia simple del acta, es todo”.



PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Seguidamente la Juez expone: Oído lo manifestado por el Fiscal del Ministerio Público Abg. Antonia Fraga, lo alegado por la Defensa, y revisadas las actas consignadas, se evidencia que el aprehendido JAIRO FERNANDO JIMENEZ REINA, se encuentra solicitado por la Sub-delegaciòn El Llanito, de fecha 23-09-99, por el delito de Homicidio Intencional. Por lo que considera esta Juzgadora que el órgano jurisdiccional competente para conocer de la libertad o no del ciudadano en cuestión, es el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por lo que se Acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa hasta el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal penal y asi se decide.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa al Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; por encontrase el ciudadano JAIRO FERNANDO JIMENEZ REINA, quien es venezolano, Natural de Carúpano, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad N° 12.962.668, nacido en fecha 26-11-74, de 36 años de edad, hijo de: Elena Reina y Fernando Jimènez, y con domicilio en: Petare, La dolorita, vereda 23, casa 06, Distrito Capital; solicitado por la Sub-delegaciòn El Llanito, de fecha 23-09-99, por el delito de Homicidio Intencional; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal penal. Líbrese Oficio al Comandante de Policía del Municipio Bermúdez a los fines de que reciba en calidad de detenido el imputado de autos, hasta tanto el C.I.C.P.C. Sub Delegación Carúpano realice el traslado correspondiente hasta el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese Oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub – Delegación Carúpano, a los fines de que con la seguridad de Caso, trasladen con carácter de Urgencia al ciudadano JAIRO FERNANDO JIMENEZ REINA, hasta el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese Oficio al Juez del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remitiéndole al aprehendido y las presentes actuaciones. Líbrese oficio al Fiscal de Transición del Área Metropolitana de Caracas. Notifíquesele al Comisario Jefe del CICPC de la Sub-delegaciòn El Llanito. Una vez Librado lo conducente, désele por terminado al presente asunto a nivel de sistema Juris 2000, ello en virtud de que las presentes actuaciones serán remitidas hasta su Tribunal de origen. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Quinta de Control

Abg. Ysmenia Fernàndez H


La Secretaria Judicial


Abg. Maria Magdalena Acosta