REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN - CUMANÁ
CUMANÁ, 23 DE FEBRERO DE 2011
200º Y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-000472
ASUNTO : RP01-P-2008-000472

AUTO ACORDANDO EVALUACIÓN PSICOSOCIAL
PENADO: Ivor Eduardo Ramos González.-

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado IVOR EDUARDO RAMOS GONZÁLEZ, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.582.690, soltero, nacido el 05-11-89, de oficio obrero, hijo de Jofer Ramos y Yolanda González, residenciado en Las palomas, sector Caucagüita, Cumaná Estado Sucre, a quien el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha 09 de Noviembre del año 2010, lo condeno a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previstos y sancionados en el artículo 405 del Código penal, en perjuicio del ciudadano MANUEL FIGUERAS, siendo ejecutada dicha sentencia en fecha 09 de Diciembre del año 2010; este Tribunal observa:

Cursa a los folios Ciento Cincuenta y Dos (152) al Ciento Cincuenta y Tres (153) del expediente (4° Pieza), Oficio signado con el N° 337, por medio del cual el Director del Internado Judicial de esta ciudad, solicita a favor del penado IVOR EDUARDO RAMOS GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.582.690, se realicen los trámites necesarios para la realización de Evaluación Psicosocial, a los fines de que el mismo opte al Beneficio de Régimen Abierto.-

En tal sentido este Tribunal observa, que para la presente fecha, el penado de autos cuenta con una pena cumplida de Cuatro (04) Años, Seis (06) Meses y Veintidós (22) Días, tomando en cuenta que se encuentra detenido desde el día 31 de Enero del año 2008 (fecha en la que es detenido), hasta el día de hoy 23 de Febrero del año 2011, y que cuenta con una redención de fecha 08 de Febrero del año 2011, por un lapso de tiempo de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES; siendo que el mismo fue condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, la 1/3 parte de la pena estaría representada por Cuatro (04) Años, razón ésta por lo que considera este Despacho, ajustada a derecho la misma y en consecuencia acuerda con lugar la solicitud de oficiar a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, para que proceda a realizar las evaluaciones del penado de autos, el cual opta a la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto. Así se decide.-

DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas es por lo que Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal por el Director del Internado Judicial de esta ciudad, y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Región Oriental, Cumaná, a los fines de que practique la evaluación psicosocial al penado IVOR EDUARDO RAMOS GONZÁLEZ, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.582.690, soltero, nacido el 05-11-89, de oficio obrero, hijo de Jofer Ramos y Yolanda González, residenciado en Las palomas, sector Caucagüita, Cumaná Estado Sucre, quien opta en la actualidad a la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto; indíquese igualmente que el mismo se encuentra recluido en el Internado Judicial de Cumaná, Estado Sucre de esta ciudad de Cumaná. Notifíquese a las partes. Líbrese Boleta Informativa al Penado, adjunta con Oficio dirigido al Director del Internado. Cúmplase.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS LUORAIM HURTADO.-.