REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN - CUMANÁ
CUMANÁ, 23 DE FEBRERO DE 2011
200º Y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-004691
ASUNTO : RJ01-P-2008-000028

AUTO QUE DECLARA SIN LUGAR PERMISO ESPECIAL
PENADO: LUÍS CARLOS MALAVE COVA.

Visto el Oficio N° CP-2372-11, recibido vía fax, emanado de la Dirección del Internado Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, donde solicita se otorgue un permiso especial y autorización para el traslado del penado LUÍS CARLOS MALAVE COVA, titular de la cédula de identidad N° 17.539. 343, el día 26 de Febrero del año 2011, a las 10:00 de la mañana, en las instalaciones del Campo de Fútbol del Polideportivo de PDVSA, San Tome, Campo Sur, Estado Anzoátegui, debido a que va a participar en Juego de Fútbol programado por la Escuela de Fútbol PDVSA. Este Tribunal Segundo de Ejecución, a los fines de decidir la presente solicitud, toma en consideración que la respectiva solicitud no tiene soportes que acrediten la invitación a ese Internado Judicial a participar en los referidos juegos, aunado al hecho de que este Tribunal no tiene en el expediente ningún tipo de constancia que acredite el ingreso del penado a ese recinto penitenciario; es por lo que se declara SIN LUGAR lo solicitado, en el sentido de y autorizar el traslado del Penado LUÍS CARLOS MALAVE COVA, titular de la cédula de identidad N° 17.539. 343, para que participe en Juego de Fútbol programado por la Escuela de Fútbol PDVSA, en las instalaciones del Campo de Fútbol del Polideportivo de PDVSA, San Tome, Campo Sur, Estado Anzoátegui, el día 26 de Febrero del año 2011, a las 10:00 de la mañana. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 26 de la Ley de Régimen Penitenciario, en tal sentido Ofíciese al Director del Internado Judicial del Estado Anzoátegui, informándole de la presente decisión. CÚMPLASE.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS HURTADO.-.