REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN - CUMANÁ
CUMANÁ, 11 DE FEBRERO DE 2011
200º Y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-003894
ASUNTO : RP01-P-2009-003894

AUTO ACORDANDO EVALUACIÓN PSICOSOCIAL
PENADOS: Willians José Maestre Arcia y José Antonio Maestre Betancourt.-

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida a los penados WILLIANS JOSÉ MAESTRE ARCIA, venezolano, de 44 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio ALBAÑIL, nacido en fecha 21/03/1965, titular de la Cédula de Identidad N° V-8643835, hijo de Guillermina Arcia y Jose Maestre , domiciliado en la calle Las Flores, casa sin numero Boca de Sabana de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre y JOSÉ ANTONIO MAESTRE BETANCOURT, venezolano, de 22 años de edad, de estado civil SOLTERO, de profesión u oficio ayudante de albañilería, nacido en fecha 03/10/1987, titular de la Cédula de Identidad N° V-18210110, hijo de Lil Maria Betancourt y Willians Maestre, domiciliado en calle Las Flores, casa sin numero Boca de Sabana de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, a quienes el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, en fecha 18 de Noviembre del año 2009, los condeno a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en relación con el tercer aparte de dicho artículo, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES DE ARMAS DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, siendo ejecutada dicha sentencia en fecha 08 de Diciembre del año 2009; este Tribunal observa:

Cursa a los folios Ochenta (80) al Ochenta y Uno (81) del expediente, escrito consignado por la ciudadana MEURYS DEL VALLE BLONDELL MALAVE, titular de la cédula de identidad N° 18.775.379, en su condición de cónyuge del ciudadano WILLIANS JOSÉ MAESTRE ARCIA y cuñada del ciudadano JOSÉ ANTONIO MAESTRE BETANCOURT, solicitando a favor de los mismos, se realicen los trámites necesarios para la realización de Evaluación Psicosocial, a los fines de que los mismos opten a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.-

En tal sentido este Tribunal observa, que en fecha 27 de Julio del año 2010, se le realizaron evaluaciones psicosociales a los penados de autos, quienes resultaron desfavorables, siendo que en la actualidad han transcurrido mas de seis meses desde sus últimos exámenes, razón ésta por lo que considera ajustada a derecho la misma y en consecuencia acuerda con lugar la solicitud de oficiar a la Unidad Técnica de Supervisión Y orientación N° 03, para que proceda a realizar las evaluaciones de los penados de autos, la cual opta a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Así se decide.-

DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas es por lo que Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Región Oriental, Cumaná, a los fines de que practique la evaluación psicosocial a los penados WILLIANS JOSÉ MAESTRE ARCIA, venezolano, de 44 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio ALBAÑIL, nacido en fecha 21/03/1965, titular de la Cédula de Identidad N° V-8643835, hijo de Guillermina Arcia y Jose Maestre , domiciliado en la calle Las Flores, casa sin numero Boca de Sabana de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre y JOSÉ ANTONIO MAESTRE BETANCOURT, venezolano, de 22 años de edad, de estado civil SOLTERO, de profesión u oficio ayudante de albañilería, nacido en fecha 03/10/1987, titular de la Cédula de Identidad N° V-18210110, hijo de Lil Maria Betancourt y Willians Maestre, domiciliado en calle Las Flores, casa sin numero Boca de Sabana de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, quienes optan en la actualidad al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; indíquese igualmente que los mismos se encuentran recluidos en la Comandancia de Policía de esta ciudad. Notifíquese a las partes. Líbrese Boleta Informativa a la Penada. Cúmplase.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS LUORAIM HURTADO.-.