REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 22 de Febrero de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-005077
ASUNTO : RP01-P-2009-005077

COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA
PENADO: JOSÉ ELEAZAR RAMÓN FERNÁNDEZ.

Por cuanto se recibió en este despacho solicitud de cómputo actualizado de la pena impuesta al penado JOSÉ ELEAZAR RAMÓN FERNÁNDEZ, hecho por la ABG. YURAIMA BENITEZ, en su carácter de Defensora Pública Penal, este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de autos que al ciudadano JOSÉ ELEAZAR RAMÓN FERNÁNDEZ, venezolano, de 30 años de edad, titular de Cédula de Identidad N° 17.389.065, de estado civil soltero, de oficio no definido, domiciliado en la Urbanización Brasil, Sector 01, Vereda 23, Casa N° 05, Cumaná, Estado Sucre; este Tribunal mediante decisión de fecha 12 de Julio de 2010 dicto auto acumulando penas y causas, quedando en definitiva la pena a cumplir de DOS (2) AÑOS Y TRES (3) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 452 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano BONIFACIO JOSÉ MARTÍNEZ UMANEZ.
Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:
COMPUTO ACTUALIZADO:
Pena Total Impuesta: DOS (2) AÑOS Y TRES (3) MESES DE PRISIÓN.
Lapso de la 1era. Detención (19-06-2008 AL 20-06-2008 cuando el Juzgado Primero de Control le otorgase Medida Cautela Sustitutiva a la Privación de la Libertad, posteriormente fue detenido en fecha 16 de NOVIEMBRE de 2009), en la causa No. RJ01-P-09-01: UN (1) DÍA DE PRISIÓN.
Lapso de la 2da. Detención: (16-11-2009 al día de hoy 22-02-2011): UN (1) AÑO, TRES (3) MESES Y SEIS (6) DÍAS.
PENA CUMPLIDA FISICA AL DÍA DE HOY 22/02/2011: UN (1) AÑO, TRES (3) MESES Y SIETE (7) DÍAS.
PENA POR CUMPLIR: ONCE (11) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS DE PRISIÓN.
FECHA EN LA CUAL FINALIZARA LA CONDENA: 15 DE FEBRERO DE 2012.
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite PRIMERO: Computo Actualizado de Pena al penado JOSÉ ELEAZAR RAMÓN FERNÁNDEZ, venezolano, de 30 años de edad, titular de Cédula de Identidad N° 17.389.065, de estado civil soltero, de oficio no definido, domiciliado en la Urbanización Brasil, Sector 01, Vereda 23, Casa N° 05, Cumaná, Estado Sucre; el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 22 de FEBRERO de 2011: PENA CUMPLIDA: UN (1) AÑO, TRES (3) MESES Y SIETE (7) DÍAS; PENA POR CUMPLIR: ONCE (11) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS DE PRISIÓN y FECHA DE CULMINACION DE LA PENA: 15 DE FEBRERO DE 2012.
Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre así como a la Defensora Pública Penal. Líbrense las Boletas de informativa al penado y oficio respectivo dirigido al Comandante General de la Policía a los fines de que haga la respectiva entrega en virtud de ser este el lugar donde actualmente se encuentra el penado. CÚMPLASE.-
El Juez Primero de Ejecución,
ABG. AULIO DURAN LA RIVA.
El Secretario,
ABG. GILBERTO FIGUERA.